También se expuso la repercusión de la reforma fiscal atendiendo a los rendimientos íntegros de actividades, definiendo la relación laboral o profesional del socio que realiza un trabajo determinado, bien a través de un contrato laboral o de la prestación de un servicio en función de la actividad que desarrolle la empresa. Además se advirtió de la conveniencia de definir específicamente la retribución del Administrador en los estatutos, para que se apliquen correctamente las retenciones. Analizó también las actividades que resultan afectadas por la aplicación del Régimen de Estimación Objetiva.
Por su parte, Paloma Artiaga, experta en Derecho Penal, Civil y Mercantil en el ámbito empresarial, societario, medioambiental y procesal, analizó la modificación del Código Penal y la consiguiente concreción de la responsabilidad penal de las personas jurídicas. En su exposición, analizó la responsabilidad en la que incurren las empresas como personas jurídicas, incluidas las empresas de pequeño tamaño.
Se refirió al deber de vigilancia y su efecto en el caso de delitos cometidos por los dependientes de dicha persona jurídica. Indicó también que el código Penal introduce como causa de exención de la responsabilidad penal de la persona jurídica la existencia de un programa de prevención, o programa de compliance penal, que conlleva una reducción significativa del riesgo de comisión de delitos en las empresas que lo introducen en su ideario. Al finalizar la charla se produjo un interesante debate sobre “la necesidad” vs. “el interés” de incorporar esta figura en cualquier tipo de organización.
La Asociación Española de Mujeres Empresarias de Madrid (ASEME), es una asociación interprofesional que nace en 1971 con el objetivo de apoyar y promover el desarrollo pleno de la mujer en su condición de empresaria, profesional o directiva. ASEME se relaciona institucionalmente con otras organizaciones empresariales a las que pertenece y con otras instituciones en las que participan miembros de la Junta Directiva de ASEME.