Los siete festivales coinciden en cobrar una comisión de entre 2 y 3 euros para poder recuperar el saldo que quedara en la tarjeta cashless, un medio de pago obligatorio que limita además el derecho de los asistentes a usar el efectivo. Es más, a veces se impone un plazo de unos pocos días para reclamar la devolución (5 días en el FIB), superado el cual se pierde el dinero y permite un enriquecimiento injusto del promotor.
El cobro de otra tasa por salir y volver a entrar al festival es otra mala práctica bastante común que no responde a ningún servicio adicional, pues el control de aforo es inherente a la organización del evento. De hecho, según OCU podría considerarse una retención ilegal. Se observa en el FIB, el Fortaleza Sound, el Puro Latino, el Zevra Festival y el Monegros Desert Festival. Y puede tener un coste de hasta 25 euros.
Otra práctica frecuente es la prohibición de entrar con alimentos y bebidas, que, si bien se contempla en la normativa de varias autonomías, OCU considera que es abusiva, por cuanto la actividad principal del festival es artística y musical, no alimentaria. Se ha detectado en el Bilbao BBK Live, el FIB, el Fortaleza Sound y el Monegros Desert Festival.
También es abusivo el cobro por los vasos reutilizables, sin posibilidad de reembolso, como sucede en el FIB (a 2,5 euros el vaso). O el alquiler de vasos para poder beber agua potable, observado en el Fortaleza Sound. En este sentido, OCU recuerda que debe haber suficientes puntos de agua potable gratuita; lo contrario puede causar problemas de hidratación y supone un peligroso riesgo de aglomeraciones.
Por todo ello, OCU urge a las autoridades de consumo de las comunidades autónomas donde se han detectado estos abusos para que determinen el carácter contrario a la normativa de protección de los consumidores, impongan las sanciones establecidas y obliguen a la empresa a devolver los cargos indebidamente cobrados. Aunque lo ideal sería que el Ministerio de Consumo desarrollara una normativa homogénea sobre los derechos de los asistentes a este tipo de eventos, estableciendo a su vez compensaciones automáticas en caso de malas prácticas. Y es que hoy por hoy, salvo en el caso de Asturias, la legislación autonómica es permisiva y generalmente favorable a los intereses de los promotores de los festivales de música al aire libre.
Mientras tanto, OCU anima a los afectados a solicitar la hoja de reclamaciones; si el establecimiento no dispusiera de ella, debe llamar a la policía local para que se persone. Y recuerda que algunas de estas acciones, como la suspensión de un festival o los cambios de última hora en el cartel de grupos podrían implicar, además del reembolso del dinero, una reclamación por daños y perjuicios derivados de los gastos asociados que hubiera supuesto el traslado del aficionado (por ejemplo, por el transporte y el alojamiento).