El secretismo sobre el sistema de adjudicación de esos falsos EREs dio lugar a que muchas empresas se quedasen fuera de este reparto de fondos públicos, ya que no tuvieron la posibilidad de solicitar esas ayudas porque se les ocultó su existencia.
Por tanto, no se trató de un caso de mera malversación de dinero, al margen de las cuantías oficiales destinadas a los expedientes de regulación de empleo, sino que además tan solo se usó para atender a quienes quería el PSOE.
Tampoco se trató solo de dinero, sino de implicación política directa e innegable para cometer una fechoría, es decir un delito que también tiene como sinónimos adecuados, según la Real Academia Española, los de tropelía, canallada, o felonía, los cuales transmiten mejor la idea del abuso, por provenir de una autoridad pública, y de traición, por haber incumplido aquella legislación que prometieron, o juraron, cumplir.
En efecto, el procedimiento de adjudicación de esos EREs corruptos, como narra con gran detalle Chema Rodríguez, en su excelente articulo/noticia de El Mundo de 17 de julio, ignoró totalmente el procedimiento de adjudicación de las subvenciones que son los EREs legales, los cuales deben realizarse en el marco de la excelente Ley General de Subvenciones, aprobada por el Gobierno de Aznar en 2003, y que sigue vigente hasta hoy.
El juicio del caso de los ERE condujo a una sentencia condenatoria dictada por la Audiencia Provincial de Sevilla, que después fue revalidada por el Tribunal Supremo, pero ¡hete aquí! que el Tribunal Constitucional de Pumpido y Sánchez, la ha pretendido borrar en 2024, con el pretexto de que contaron con el paraguas legal de los anteproyectos y proyectos de ley de presupuestos que aprobó el Parlamento de Andalucía.
El argumento es esperpéntico porque en ningún momento el Parlamento autonómico, puede derogar, ni pretendió derogar, la Ley General de Subvenciones, sino tan solo aprobó la existencia de unas partidas, que obviamente, deberían utilizarse en el marco de la Ley General Prespuestaria y, en este caso específico, en el marco de la Ley General de Subvenciones.
Por ello, la Audiencia Provincial de Sevilla, con coraje y criterio de pleno sentido común, tras la sentencia del TC, elevó el caso de los ERE al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), indicando las numerosas irregularidades con las que, durante una década, se concedieron ayudas a empresas en crisis, sin someterse a ningún tipo de control o fiscalización.
La magistrada ponente, Pilar Llorente, en el escrito al TJUE, enumera las diversas ilegalidades entre las que cabe destacar las siguientes:
Quedamos a la espera de lo que decida el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, pero presumo que dará por constatado el flagrante incumplimiento de la legalidad por parte de los órganos ejecutivos del Gobierno de Andalucía, que presidia el PSOE, respecto a la concesión, y ocultación, de subvenciones especiales y nominales al margen de los procedimientos públicos de concurso para obtenerlas.
Presumo, igualmente, que el TJUE dictaminará en contra de la interpretación del TC de Sánchez y Pumpido y les dirá que la ley es la ley y que contra ella no vale argumentar, como decía Pumpido cuando fue Fiscal General del Estado, que “El vuelo de las togas de los fiscales no eludirá el contacto con el polvo del camino", sino que le dirá que la ley la hace el Legislativo y que el Judicial la debe aplicar esencialmente en sus propios términos, porque si no el Estado de Derecho desaparece y si desaparece éste también lo terminará haciendo la propia Unión Europea.