En enero de 2026 entran en vigor varias normas de circulación y tráfico que pasan a ser obligatorias para todos los ciudadanos. En este sentido, Legálitas ha realizado un conglomerado de las dos principales novedades y de las que están pendientes de ser aprobadas. La baliza V-16 obligatoria. Aunque existen muchas opiniones sobre su eficacia y utilidad, lo cierto es que la normativa establece el uso obligatorio de la baliza V-16 a partir del 1 de enero de 2026. Se trata de un dispositivo de preseñalización de peligro que indica que el vehículo ha quedado inmovilizado en la calzada o que su carga se encuentra caída sobre la misma. Debe ser de color amarillo auto, se colocará en la parte más alta posible del vehículo inmovilizado garantizado, así, su máxima visibilidad.
La normativa fija claramente las condiciones que deben cumplir y tienen que estar homologadas, pudiéndose comprobar si lo son en la página web de la DGT. Entre otras características se establece que la alimentación del dispositivo será autónoma a través de una pila o batería que deberá garantizar su uso al cabo de 18 meses. Se considerará que los dispositivos que utilicen una batería recargable y siempre que la carga de este se pueda realizar en el propio vehículo, cumplen con este requisito.
Deben comunicar, en todo caso, su activación, desactivación y geoposicionamiento, al punto de acceso nacional en materia de tráfico y movilidad.
El coste de las comunicaciones estará incluido en el precio de venta al público y éstas se garantizarán durante al menos 12 años.
El dispositivo incluirá en el interior de su carcasa todos los elementos necesarios para su operación, incluidos los de comunicaciones, sin depender en ningún caso de elementos externos como aplicaciones de teléfonos móviles u otros similares.
Atendiendo a la normativa existente, no llevar la baliza en el vehículo, al alcance inmediato del conductor, podría ser una infracción leve, sancionable con multa de hasta 100 euros; pero, no hacer uso de esta en caso de avería, accidente o detención inesperada, podría ser considerada una infracción grave, cuya sanción alcanzaría los 200 euros.
Los cursos de conducción segura ya son una realidad y permiten recuperar puntos
Aunque la normativa ya había aprobado este tipo de cursos de conducción segura, realmente, será en 2026 cuando tengan su mayor provecho. Si bien todavía son pocas las autoescuelas autorizadas y capacitadas para realizar estos cursos, lo cierto es que ya se pueden realizar y obtener los correspondientes puntos que otorgan.
Existen dos tipos de cursos de conducción segura y eficiente:
La superación de cada curso permitirá la recuperación de 2 puntos, hasta un máximo de 15 puntos en el saldo del permiso. Estos cursos solo podrán realizarse cada dos años por tipo de vehículo, siempre que el conductor mantenga algún punto vigente. Teniendo en cuenta que los cursos pueden ser para turismo y motocicletas, una persona con ambos tipos de permisos podría hacer un curso por cada vehículo.
La duración mínima de un curso será seis horas lectivas, que incluirá formación teórica, mínima, de una hora y cuarenta y cinco minutos; y, una formación práctica presencial, mínima de cuatro horas y quince minutos.
Otros cambios en los que la DGT está trabajando, pero, que todavía no están aprobados
Teniendo en cuenta que todavía está pendiente la aprobación de la reforma correspondiente, se pueden mencionar ciertas intenciones de la DGT que pueden llegar a entrar en vigor a lo largo del año 2026: