El Acuerdo de Asociación entre Chile y la Unión Europea suscrito en 2002, supuso en lo referente a las relaciones de Chile con España, que se duplicasen las exportaciones de España a Chile, y triplicasen las de Chile a España.
No obstante lo anterior, el comercio entre estos dos países es relativamente reducido en comparación con otros países de su entorno. No olvidemos que España y Chile han mantenido siempre en todo momento un alto nivel de entendimiento mutuo, no solo por el idioma, sino también por los numerosos acuerdos y tratados bilaterales que han sido suscritos, y la excelente relación mantenida siempre entre ambos países, independientemente de los cambios políticos que se hayan podido producir en uno u otro. Por este motivo, llama poderosamente la atención la reducida relación comercial entre ambos países.
España se situó en el año 2.018 en el puesto 13 del ranking mundial según el Fondo Monetario Internacional, y dentro de Europa, se ha consolidado como un país serio que ha liderado el crecimiento de la zona euro con una tasa de crecimiento del PIB del 3,1%.
La reputación del mundo empresarial español es muy elevada, y cada año se instalan más empresas extranjeras en el país, habiendo recibido en el año 2018 mas de 60.000 millones de euros de inversiones extranjeras.
Lo cierto es que para las empresas chilenas, el mercado europeo es un nicho muy grande que no pueden desaprovechar, y España, por las razones antes señaladas, es una “puerta de entrada” a Europa inmejorable para crear sociedades filiales que puedan hacer de holding de otras sociedades, que ejerzan su actividad en otros países dentro y fuera de la Unión Europea.
Para ello, la legislación española ha creado un amplio abanico de medidas e incentivos que han favorecido la captación de capitales extranjeros. Entre estas medidas, se encuentra las denominada Entidades de Tenencia de Valores Extranjeros, que no son mas que sociedades residentes en España, con muchas ventajas para ser sociedades holding que invierten en el extranjero, en particular la no tributación de los dividendos de participaciones en sociedades extranjeras ni la tributación de las plusvalías generadas por la transmisión de dichas participaciones.
Si lo que se busca es invertir directamente en el mercado español, existen muchos otros incentivos, teniendo España una tributación por debajo de la media de los países europeos, con un tipo de interés del impuesto de sociedades del 25% sobre el resultado contable, es decir, sobre el resultado de reducir de los ingresos obtenidos, los gastos y amortizaciones soportados.
Para invertir en España, como en cualquier otro país, existen varias opciones como la apertura de una sucursal, constitución de una sociedad filial española, la fusión o compra de empresas locales, o la asociación con alguna de ellas. También podría operarse a través de contratos de agencia o distribución, pero como podrá el lector comprender, para cualquiera de estas opciones, es preciso el análisis minucioso de un abogado experto en la materia que aconseje el mejor vehículo para canalizar la inversión, atendiendo a las circunstancias concretas del inversor.