Por ello, los expertos de DAS Seguros recomiendan a los empresarios que aprovechen que la Inspección de Trabajo todavía no ha empezado a imponer multas para adaptarse a la nueva normativa. El registro de jornada laboral debe contemplar la hora de inicio y la hora de finalización de la jornada de cada trabajador y, si la empresa lo requiere, también puede incluir las horas de descanso de cada uno de ellos.
Es la empresa la encargada de garantizar el cumplimiento de esta obligación y para que el proceso se haga de manera efectiva, debe establecer todos los procesos que sean necesarios para llevarlo a cabo. El registro de jornada laboral, por su parte, deberá conservarse durante cuatro años y quedar a disposición de los trabajadores, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
En este contexto, todos los trabajadores, independientemente de su categoría o grupo profesional, sector de actividad o empresa a la que pertenezcan, están sometidos al registro horario. Son una excepción aquellos casos en los que se establezcan relaciones laborales de carácter especial, como los altos directivos y también los trabajadores que cuenten con un régimen particular en materia de registro de jornada. Además, quedan exentos de la obligación de fichar profesionales como los socios trabajadores de cooperativas y los autónomos.
Lucha contra la precariedad
Según el decreto del Gobierno, la introducción del registro de jornada debe contribuir a corregir la situación de precariedad que afecta a muchos trabajadores. Una parte importante de los profesionales que deberían beneficiarse de dicho registro son trabajadores poco cualificados con salarios bajos. Según la Encuesta de Población Activa del cuarto trimestre de 2018, más de un 26% de las horas extraordinarias no pagadas se realizaron en comercio (15,2% del total) y hostelería (10,9% del total), sectores caracterizados sueldos comparativamente más bajos y una mayor precariedad.