La crisis económica que está provocando la pandemia del Covid-19 ha llevado al Gobierno a aprobar medidas con las que paliar las dificultades de empresas y particulares. Una de ellas es la de aprobar una serie de microcréditos que tendrán el aval del Estado y con los que hacer frente al pago del alquiler de la vivienda. Estos microcréditos públicos serán emitidos por los bancos con el aval del Estado a través de un acuerdo con el Instituto de Crédito Oficial (ICO). Y lo más importante: tendrán una tasa de interés cero y el inquilino podrá devolverlos en un plazo de seis años -prorrogable «excepcionalmente» por otros cuatro.
El plan cuenta hasta 1.200 millones de euros que podrán solicitar aquellas familias y empresas que hayan caído en situación de vulnerabilidad por el COVID19.
Desde Reclama Por Mí quieren alertar a los ciudadanos para que no caigan en error y acepten un microcrédito bancario en lugar del oficialmente respaldado por el ICO.
“Cuando acudan al banco a solicitar el microcrédito del Estado es necesario que tengan en cuenta que realmente están accediendo a esta ayuda y no a otras fórmulas de financiación rápidas que no solo no solventarán su problema actual sino que les acarrearán una deuda que no deja de crecer en el tiempo”, explica Javier Moyano, CEO de la plataforma.
Para evitar el error, el despacho de abogados www.reclamapormi.com informa sobre las diferencias entre ambos microcréditos.
“Una de las claves es que los microcréditos del Estado son a interés cero para el usuario, frente al de los bancarios, que pueden tener unas condiciones de crédito muy perjudiciales para el consumidor donde en muchos casos pueden llegar a superar hasta el 2.000% TAE.”
Entre las entidades contra las que más está reclamando la plataforma de abogados se encuentran Vivus, Creditea, Quebueno, Moneyman y Cofidis, pero destacan que hay más entidades implicadas en la comercialización de este tipo de créditos rápidos que pueden tener unos intereses y comisiones muy elevados.
Otra de las características que diferencian los microcréditos del ICO del resto de productos de financiación rápida es que, en el caso de los primeros, jamás sería el ciudadano el responsable último del crédito. El Estado asumiría la deuda en caso de que el ciudadano, titular, mantuviese esa situación de precariedad personal una vez alcanzado el plazo de devolución del mismo.
Ya hay algunos usuarios que se han puesto en contacto con la plataforma para preguntar si necesitan suscribir algún tipo de seguro o producto adicional con la entidad bancaria para acceder a uno de los microcréditos avalados por el Estado para afrontar el pago del alquiler.
Desde Reclama Por Mí se muestran rotundos: “No, en ningún caso. Las entidades de crédito no pueden imponer la contratación de seguros a los usuarios que soliciten a los bancos las ayudas de financiación para el pago del alquiler. Es una financiación que no tiene más “requisito adicional” que cumplir con los requisitos que el propio Estado ha marcado”, afirma Javier Moyano.