Sociedad

Triunfo del bufete penalista Ospina Abogados sobre la "patada en la puerta" del Ministerio del Interior

El letrado Juan Gonzalo Ospina, uno de los más brillantes penalistas de la capital de España.

RESULTADO DE LAS ÓRDENES DE MARLASKA: ALLANAMIENTO DE MORADA Y DAÑOS POR PARTE DE LOS POLICÍAS QUE IRRUMPIERON POR LA FUERZA EN UN DOMICILIO INVIOLABLE POR LA COSTITUCIÓN DE ESPAÑA

· Según un auto de la Audiencia Provincial de Madrid, "se ha producido un exceso en el ejercicio de la autoridad, con infracción del derecho a la inviolabilidad del domicilio"

Redacción | Sábado 19 de junio de 2021

La Audiencia Provincial de Madrid ha ordenado investigar a los 6 agentes de la Policía Nacional, autores de la denominada ‘patada en la puerta de Marlaska’, que irrumpieron el pasado mes de marzo con un ariete en un domicilio de la capital. El objetivo de los agentes era identificar a un grupo de personas que celebraba una fiesta sin cumplir las medidas de seguridad establecidas por el Gobierno contra la pandemia de la covid-19. Esta polémica actuación fue defendida públicamente por el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska. Sin embargo, expertos juristas denunciaban que la Policía sólo puede irrumpir en un domicilio conautorización judicial, con autorización del morador o en caso de delito flagrante, algo que no ocurrió en este caso ni en muchos otros. Ospina Abogados, un despacho madrileño especializado en Derecho Penal, ha conducido brillantemente este asunto que supone un hito en la defensa de las llibertades públicas que fueron allanadas durante la pandemia por los poderes públicos.



Los magistrados han estimado el recurso presentado por el abogado Juan Gonzalo Ospina, que defiende al propietario del piso en el que se celebraba la fiesta en la calle Lagasca de Madrid y solicitan al Juzgado de Instrucción nº 4 de Madrid que investigue a los 6 agentes de Policía.

Dicho Juzgado investigaba por posible desobediencia a los jóvenes que participaban en la fiesta y al propio arrendatario. Fue entonces cuando la defensa dirigida por Ospina presentó una querella contras los agentes por delitos de allanamiento de morada y daños, y en paralelo, un recurso de apelación directamente ante la Audiencia Provincial de Madrid. El instructor decidió entonces paralizar la declaración como imputados de los jóvenes.

Según el auto de 8 páginas, "tratándose de una disposición administrativa, la obligatoriedad de identificarse ante los agentes, como se deduce de la propia norma que le es de aplicación, no tiene carácter delictivo, menos aún delito flagrante, pues las personas que se encontraban en el interior del domicilio, únicamente se negaron a abrir la puerta y con ello a identificarse, por lo que no era de temer una progresión delictiva o la desaparición de pruebas de un delito que en definitiva no se había cometido".

"Entendemos que se ha producido por parte de los agentes de la policía, un exceso en el ejercicio de la autoridad, con infracción del derecho a la inviolabilidad del domicilio, y por ello resulta procedente que por el Magistrado Juez de Instrucción, tras la inadmisión de ra denuncia a trámite, por no ser constitutivos de infracción penal, los hechos narrados en el atestado, se proceda a deducir testimonio, por si la actuación de la fuerza pública, pudiera ser constitutiva de infracción criminal", concluye la Audiencia Provincial.

En declaraciones a "El Mundo Financiero", el letrado de la defensa Juan Gonzalo Ospina afirmaba que esta resolución "no es el éxito de nuestro cliente es el éxito de toda la democracia, es el éxito de la separación de poderes, es el éxito del estado de derecho. La ley, está por encima de todo y para todos, y más, cuando es la policía quien a de hacerla cumplir".