El embargo se produce en ejecución de costas judiciales firmes en España, adeudadas por la sociedad andorrana desde hace más de año y medio, y afecta de forma directa a la operatividad del convenio, dejándolo en la práctica inejecutable.
En su respuesta al Juzgado, el propio Ministerio de Cultura ha manifestado no tener ni prever obligaciones económicas con la sociedad andorrana, lo que, según fuentes jurídicas consultadas, equivale a reconocer la ausencia de objeto económico en el convenio, situándolo en un escenario de nulidad sobrevenida, conforme a la Ley de Procedimiento Administrativo Común y conforme al propio convenio.
Paralelamente, el caso se encuentra bajo tutela de la Audiencia Nacional, en el marco de un recurso contencioso-administrativo que solicita la suspensión y anulación definitiva del convenio, y que denuncia su incompatibilidad con la normativa española de contratación pública, lo que habría quedado de manifiesto con el embargo decretado.
La medida judicial y sus consecuencias, han despertado ya interés mediático por afectar directamente a la Administración General del Estado y a una empresa con sede en Andorra financiada con capital español vinculado a la familia Carbó, fundadora de Caprabo, a través de Santiago Blanch Hernández, uno de sus miembros, quien es, además, administrador de la misma.
Diversas fuentes subrayan la incongruencia de que el Ministerio de Cultura mantenga convenios activos con sociedades de capital español que tributan en Andorra, máxime cuando —como constata el embargo— presentan deudas judiciales firmes impagadas en España, lo que ha terminado por afectar incluso al propio ministerio.
Los demandantes del contencioso recuerdan que ya habían advertido formalmente al ministerio y al TACRC (Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales) sobre las deudas y la incapacidad de la sociedad andorrana para contratar con la Administración Pública española.