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CONCIENCIA ECONÓMICA

Monarquía Parlamentaria

Por Francisco Meana

martes 21 de octubre de 2014, 14:31h
Francisco Meana
Francisco Meana
Para hablar del presente constitucional español debemos inevitablemente hablar del papel de la monarquía parlamentaria como forma de estado, con su carácter complejo en su articulación en el titulo segundo de nuestra carta magna y la soberanía nacional, como expresión de la voluntad de los españoles. La constitución española fue aprobada mayoritariamente por los españoles aceptando unos retos derivados y lógicos de papel moderador de la vida política de la monarquía parlamentaria y la búsqueda de un contenido en las leyes que tenga una realidad política y sociológica, acorde con una democracia representativa, soberana de participación de los ciudadanos en las decisiones legislativas, ejecutivas y judiciales de nuestro país.



Soluciones de continuidad no reflejarían la realidad, constitucional acorde con nuestro tiempo legislativo y dinámico de una sociedad que buscar ser partícipe decisiones de su futuro inmediato. Toda ruptura traumática y cambio de régimen político nos llevaría forzosamente a reformular un estado tangencia basado, en una jefatura de estado partidista e ideológica, comprometido con una opción de partido político o grupo de presión.

Evidentemente una España, con un proceso constituyente nos llevaría una situación de gran inestabilidad política y económica. España se convertiría estados sobre el estados, difícil de poder legislar y una complejidad, republicana muy lejos de consensuar una realidad colectiva como la propia unidad del estado español.

En toda república presidencialista la figura de presidente, pertenece a una opción política, el jefe de gobierno del país a otra pluralidad ideológica que enfrenta a la asamblea legislativa con el presidente y el jefe de gobierno. Se produce una gran inestabilidad del estado, porque el presidente de la república puede vetar al mismo presidente del gobierno y este a vez pedir apoyo a la asamblea legislativa, para pedir apoyos frente al presidente de la república.

La república elige a un jefe de estado partidista, frente al papel moderador de la monarquías parlamentaria. En la monarquía parlamentaria sanciona las leyes aprobadas, por la cámara alta y baja y los decretos del gobierno de la nación, sin interferir en la representación soberana.

El jefe del estado en las monarquías avanzadas es la columna del estado que no se puede posicionar políticamente y es refrendado por la soberanía nacional del pueblo español. El jefe del estado es la expresión de los españoles, que desean una democracia con instituciones fuertes y a la vez que la monarquía ejerza un equilibrio de intereses plurales de derechos y deberes de los españoles.

Respeto las opciones republicanas en todos sus ámbitos y modelos constitucionales. España su constitución de 1978 dejo muchas puertas abiertas, a la reforma en su articulado como títulos vitales de vida de carta magna. La monarquía hoy necesita una ley orgánica acorde con los tiempos del estado actual de vida de un país, la forma de república, tiene que estar acorde con sentimiento, mayoritario de una sociedad que no se plantea entrar en una larga experiencia legislativa que llevaría un vacío constitucional gravísimo, para España cuando la prioridad es la estabilidad económica y política.


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