Si lo tenéis claro, como suelo decir yo, no hace falta que sigáis leyendo. Si no lo tenéis claro y queréis saber a dónde va el dinero que os quitan de la nómina todos los meses, podéis seguir. Nos llega la nómina a fin de mes, ¿qué vemos? Cuando nos llega la nómina en papel físico a fin de mes, deben de aparecer de forma clara tres cositas como son:
• La categoría que tenemos dentro de la empresa, que es lo que mayormente determinará el
sueldo base que tenemos.
• El puesto que tenemos dentro de la empresa, cosa que depende mucho de cómo denomina tu empresa a tu puesto.
• La antigüedad en la empresa.Estas tres cosas son necesarias que aparezcan en toda nómina. Acto seguido debemos de ver los conceptos por los que nos pagan el sueldo, unos estarán sujetos a cotización a la seguridad social y otros no, cada vez menos como vemos en las últimas modificaciones en las cuales por ejemplo los vales de comida antes se excluían y ahora ya no. Con los cambios en lo que debe cotizar y que no, veremos
cambios en la nómina, pero en forma seguirá igual, lo que pasa es que cada vez habrá menos cosas exentas.
Y ya nos encontramos a continuación con lo primero que realmente nos importa: el salario base. Este dependerá de nuestra categoría profesional que nos pongan y dentro del sector de actividad de nuestra empresa. Este salario base es fijado por los convenios. Por ejemplo, todos los que trabajen en empresas bajo el convenio de la construcción con categoría de auxiliar administrativo, tendrán siempre el mismo salario base. A partir de ahí cobraremos más o menos en función de si tenemos pluses o no. ¿Qué tipo de pluses podemos encontrar?:
• Antigüedad en la empresa, conocimientos especiales que tenemos para desarrollar nuestro puesto o cualquier otro que use vuestra empresa para subiros el sueldo base y que se vinculen a vuestra persona y vuestras características.
• Además los pluses anteriores hay también por el puesto de trabajo como el plus por peligrosidad, por trabajar en horario nocturno, etc. así como por calidad/cantidad de trabajo, que suelen ser incentivos por objetivos conseguidos, los pluses por la puntualidad, las horas extras, etc.
• Pluses por períodos superiores al mes por ejemplo las pagas extras y participaciones en los beneficios anuales de la empresa y los que son en especie.
• En especie: casa, comida, etc.
Cuando nos den una cantidad como acción social, por ejemplo ayuda por hijos, permisos nupciales, etc., se deberá de cotizar por ellos pero no se incorporarán al sueldo.
¿Qué no cotiza a la Seguridad Social y el Gobierno busca que se cotice ahora? Estas no es sueldo aunque aparecen en nuestra nómina y las más habituales son las dietas de viaje, los gastos de locomoción, los pluses de distancia y las indemnizaciones por traslado a otro centro de trabajo.
¿Qué me quitan y por qué?Ya sabemos porque nos pagan y por qué, además de saber si cotizan o no a la seguridad social. Ahora vamos a la parte que creo que es más compleja como son estos tres puntos:
• Por qué nos quitan dinero de la nómina.• Cuánto dinero es.•
A qué se destinaTodo lo sumado en el apartado anterior es el “importe devengado”, que no deberemos de confundir con “líquido a percibir” que es lo que realmente nos abonan en la cuenta todos los meses. La primera cosilla por la que nos quitan es para Hacienda a cuenta del IRPF. Es un porcentaje del “importe devengado” que mensualmente damos a Hacienda y que cuando hagamos la declaración al año siguiente “hace que paguemos menos” o “nos devuelvan” ya que realmente lo que hacemos con este dinero que nos quitan es anticipar ingresos al Estado para ayudar a mantener al Sector Público y lo que hace, aunque suene a broma.
Cuando hagamos nuestra declaración al año siguiente, según lo que hayamos ganado debemos de pagar, pero como ya fuimos pagando mes a mes, o quedamos a “la par” o bien puede que paguemos o nos devuelvan, dependiendo mucho de lo que cada uno hayamos hecho con nuestro dinero. La segunda cosilla, mejor dicho, cosillas por las que nos quitan dinero de la nómina son para
sufragar la Seguridad Social.:
• Para Contingencias Comunes: 4,70%. Como su nombre indica, para contribuir como ciudadano religiosamente al mantenimiento del ‘Estado del Bienestar’, o sea, la asistencia sanitaria pública.
• Para Desempleo: 1,55% ó 1,60% (según tipo de contrato sea indefinido o a tiempo parcial) sobre la base de Contingencias Profesionales. En teoría es lo que nos quitan y se destina a pagar todo lo que la Seguridad Social abona a los ciudadanos en concepto de desempleo.
• Para formación profesional: 0,10% sobre la base de Contingencias Profesionales. Ayudamos a pagar todas aquellas acciones que el Estado realiza como formación, ya sea para desempleados o para trabajadores en activo.
Si hemos realizado horas extras ojito que también son motivo de descuento para la seguridad social: un 2% sobre el importe total de las horas por fuerza mayor y el 4,70% sobre el resto de horas extraordinarias como si fuesen horas laborales normales y corrientes.
Conclusión, tenemos que tener claro cuando tenemos la nómina delante dos cosas:
• Qué es nuestro sueldo base y qué nos paga a mayores la empresas para llegar a lo que se entiende como importe devengado y tener claro que este último no es lo mismo que el líquido que nos transfieren a la cuenta.
• Qué del importe devengado se nos quitarán unos porcentajes para Hacienda (IRPF) y para la Seguridad Social que son los que nos darán finalmente el importe neto que nos pagan religiosamente todos los meses.
Esperamos haber puesto algo de luz sobre qué es exactamente la seguridad social que pagamos.