Estos mecanismos legales han sido los ERTEs y el teletrabajo. Dos herramientas que ya existían, aunque utilizadas de forma más esporádica y complementaria en el caso de los expedientes de regulación temporal del empleo “ETOP”, y de escaso uso en los de “Fuerza mayor” , y de tímida aparición en el caso del teletrabajo que las empresas empezaban a regular a través de protocolos de establecimiento para su realización puntual, uno o dos días por semana.
Ante la situación derivada por la pandemia y la necesidad de afrontar la crisis y la falta de actividad y contención de la epidemia, los ERTEs, y en mucha mayor medida los de Fuerza mayor, han tenido una relevancia total y el teletrabajo se ha convertido en protagonista absoluto y una herramienta de prestación de servicios en muchas áreas de actividad donde ha sido posible implementarlo. Y en relación a este último, “Hemos visto que el teletrabajo ha venido para quedarse y para instaurarse de manera permanente en nuestro mercado laboral.
María Jesús Herrera Duque ha mantenido la posibilidad de utilizar este mecanismo de forma más habitual, pero siempre teniendo presente que el teletrabajo “no es una herramienta que pueda sustituir al trabajo presencial, y que no en todos los sectores de actividad se pueden tener o puede ser posible la instauración de un sistema de teletrabajo”
El día después
La desescalada ha traído consigo una vuelta a la normalidad distinta, gradual, y las empresas están introduciendo mecanismos de protección de la salud y la protección de los trabajadores. “Las empresas están siendo cautas en la forma de abordar el regreso al trabajo presencial”.
Ya hay empresas que se están planteando políticas de teletrabajo y, las que ya las tenían están reformulándolas, modificando sus contenidos, estableciendo nuevas dinámicas, aumentando los días de teletrabajo, regulando su forma de prestación... “Se va a producir un nuevo impulso del teletrabajo”, que va a irrumpir, de hecho ya ha irrumpido con fuerza en el sistema de relaciones laborales, y ya se habla de un regulación específica y mayor del mismo, según María Jesús Herrera.
En el horizonte aparecen nuevos retos relacionados con la reconstrucción de la economía, la necesidad de prorrogar los ERTEs, programar la vuelta al trabajo presencial, establecer mecanismos de protección de la salud y prevención de riesgos, etc.., pero también afrontar la nueva situación a través del uso de otros mecanismos alternativos de flexibilidad laboral que ofrece nuestra legislación y deben mantenerse, como, por ejemplo, la adaptación-modificación de las condiciones de trabajo.
En los próximos meses veremos qué papel juega el teletrabajo en nuestro futuro. Para la socia de Sagardoy Abogados y ganadora del premio Asnala al mejor abogado laboralista en 2019, ha sido una de las herramientas estrella, imprescindible para posibilitar la prestación de servicios en una situación excepcional de contención de la epidemia, pero ello no supone que sea un derecho adquirido para el trabajador o una obligación que la empresa pueda imponer al mismo tras la desescalada, puesto que en nuestra regulación actual se establece por mutuo acuerdo y es reversible” y en estos tiempos de COVID ha sido una herramienta de uso más bien generalizado para dar solución a esta excepcional situación vivida, por lo que la vuelta al trabajo presencial se producirá gradualmente en función de la desescalada que cada empresa decida programar, estableciendo para ello también los mecanismos de protección de la salud y prevención de riesgos adecuados y acordes con la situación y las exigencias legales.