A Vladimir Kokorev se le ha mantenido encarcelado 29 meses. ¿Había riesgo de que el presunto testaferro de Obiang destruyese pruebas, o se trataba de eliminar el riesgo de fuga?
Ni lo primero ni lo segundo, como se está acreditando hoy, demasiado tarde eso sí. Mire, desde 2004 se investigan los hechos habiéndose archivado por decreto de la Fiscalía especializada en delitos económicos y anticorrupción en dos ocasiones, al no apreciar indicio alguno de la existencia del delito de blanqueo de capitales. Tras ello, en virtud de una querella criminal de una asociación privada, desde 2009, se sigue un proceso judicial sin que existan motivos para pensar en una pronta finalización de la investigación y mucho menos un próximo enjuiciamiento, como señalan en sus últimas resoluciones la juez investigadora y la acusación, que mantiene el Fiscal. Y en esas estamos. El riesgo de destrucción de pruebas se conjura en los primeros meses de una instrucción penal según la jurisprudencia europea en derechos humanos y no puede hablarse de riesgo de fuga cuando el preso preventivo está ya cerca de haber pasado casi la mitad de la pena máxima que de ser condenando pudiera imponérse, porque ¿qué sentido tendría fugarse si ya ha cumplido tal pena que de ser condenado inmediantamente saldría, al menos en tercer grado?. Toda la instrucción del llamando caso Kokorev es dificilmente explicable.
¿A qué se debe que contra la esposa y el hijo de Vladimir Kokorev, que han pasado 2 años también en prisión provisional, se haya establecido una suerte de arresto domiciliario prohibiéndoseles salir de la isla de Gran Canaria?
Es una medida sin duda singular. No conocemos precedentes. No los hay en la aplicación de la justicia en Canarias. La restricción en la deambulación es una cuestión extremadamente seria. Fíjese que si nos trasladamos a otro archipiélago, el balear, allí por ejemplo la Audiencia de Palma, a petición de la Fiscalía Anticorrupción y de la Abogacía de la Comunidad Autónoma de Baleares, retiró el pasaporte al expresidente Jaume Matas, procesado por corrupción, pero nunca le prohibió abandonar las islas sino el territorio nacional -como es lógico- más allá de sus fronteras. Siendo casos en múltiples aspectos incomparables pero propios de la justicia penal, parece razonable que la idiosincracia de la que hablamos (que la persona investigada tiene su segundo domicilio en una isla, estando el primero en Madrid), no puede restringir de manera tan severa su libertad de movimientos, estableciendo un agravio comparativo respecto de otros investigados por los mismos delitos. Además cuando el marco de limitación de la libertad deambulatoria es ya el espacio europeo no sólo el nacional resulta estravagante limitarla a un territorio insular. Es una suerte del ya superado, extrañamiento penal.
¿Usted diría que ha podido influir en el proceso contra estas personas el hecho de que sean de origen ruso, que no hayan nacido en España?
No quiero hacer juicios de valor ni procesos de intenciones, sólo debo valorar hechos. Es un hecho que se trata de un empresario de origen ruso y que, al mismo tiempo y como su familia al completo, aman España. Por eso es el país que hace más de veinte años eligieron para instalarse, teniendo como residencia principal no Las Palmas sino Madrid. Le puedo decir que el Estado ha tenido a su total disposición a Vladimir, Julia e Igor en prisión incondicional durante más de dos años sin que las investigaciones hayan avanzado sustancialmente de modo que se haya podido concretar suficientemente la imputación por blanqueo de capitales, que en la legislación penal española está penado con una pena mínima de seis meses y máxima de seis años.
La Fiscalía General del Estado está tramitando una denuncia de un grupo de europarlamentarios que ven un caso claro de violación de derechos humanos, en las prórrogas sucesivas a la prisión contra quien está considerado testaferro de Teodoro Obiang en España. ¿Qué se va a decidir en esa vía?
La Unión Europea, a través de un grupo numeroso de europarlamentarios, como se ha acreditado en sendos foros monográficos celebrados el último año en Bruselas y Estrasburgo, entiende que se ha vulnerado el derecho de cada uno de los miembros de la familia Kokorev a ser puestos en libertad durante el proceso. Se ha denunciado una situación de abuso de la figura de la prisión preventiva y se ha considerado inaceptable, pues supone una auténtica pena anticipada sin juicio. Y esto vulnera a su vez el derecho de toda persona a que su causa sea oída equitativa, públicamente y dentro de un plazo razonable.
El Comité de Peticiones de la Unión Europea está tramitando por su parte una denuncia por vulneración de derechos primarios. ¿Cuál es el objetivo?
No le diré que como letrado me ha sorprendido, pero la actuación desde distintas instancias de la Unión Europeo en clave de vigilancia y denuncia sobre el discurrir del proceso ha sido alentadora. Lo que se plantea en el Comité de Peticiones es una denuncia pública, por ejemplo por la vulneración del Convenio Europeo para la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales. Y es comprensible. ¿Se ha respetado en la causa contra este empresario y su familia el derecho que le asiste como ciudadano español y europeo a ser presumido inocente hasta que su culpabilidad no haya sido legalmente declarada, si algún día lo es; manteniendolo 29 meses en prisión provisional pese a su grave enfermedad con una imputación fáctica manifiestamente vaga e imprecisa, que además se soporta en una actividad investigadora cuya validez resulta muy cuestionable?
En dos ocasiones se han celebrado sendos foros en Bruselas y Estrasburgo en los que abogados, expertos en derechos humanos, políticos… han mostrado una inmensa preocupación por la forma en que se está aplicando justicia en Canarias en este procedimiento. ¿Qué sensibilidad y qué mensajes ha recibido usted como abogado?
Uno, desde luego, principal. Todo ciudadano tiene derecho a ser juzgado en un plazo razonable o a ser puesto en libertad durante el procedimiento. Pero además, nadie, durante un procedimiento por ninguna causa puede ser sometido a tratos inhumanos ni degradantes. Sobre esta faceta está poniendo la lupa con especial interés la Unión Europea a través de diferentes mecanismos y distintos engranajes.
Se ha hablado por parte de usted, en sus escritos, de una situación sanitaria delicadísima del señor Kokorev: hipertensión, problemas cardiovasculares, desmayos frecuentes, posibles ictus, parálisis en una de sus piernas… ¿en qué responsabilidad podría haber incurrido el Estado dado el agravamiento, quizá irreversible, de estas dolencias?
El señor Kokorev ha abandonado la prisión. Lo he visto mes tras mes en cada visita, y el empeoramiento en su estado de salud era algo que saltaba a la vista, y que han ido reflejando los indicadores, por ejemplo, de su tensión. Esperemos que ese agravamiento no haya producido que algunas de las enfermedades que arrastra sean ya incurables. Y, sobre todo, que este proceso de pérdida de su salud no se haya causado por su dilatadísima permenencia en prisión provisional, en cuyo caso exigiremos todas la responsabilidades en el ámbito nacional e internacional.
No hablamos de una macrocausa, sino de un proceso que se prolonga de forma inédita durante más de una década contra una sola persona y su familia por lavado de unos 20 millones de euros. ¿A qué se debe esta dilación?
Es una buena pregunta. Tengo el pleno convencimiento de que más pronto que tarde verán la luz pública, también ante los tribunales, las razones por las que se emprendió un proceso que ha llevado a este empresario jubilado y enfermo a padecer una odisea de tintes kafkianos. Un proceso que se inició contra el Presidente de Guinea Ecuatorial y que cuando se descartó su responsabilidad ha proseguido con el ensañamiento contra una familia. ¿Es ello quizá sólo un modo de justificar un costoso y mediático proceso judicial sin rumbo?