Porque si alguien, cuando regresa a su pueblo, legalmente ya no es considerado inmediatamente como uno más de ahí; entonces en realidad, ¿ De dónde es ?.
Pues si haber estado empadronado en otro lugar te impide ser considerado como un ciudadano del lugar de nacimiento, a todos los efectos legales, se puede decir que ya no eres andaluz, ni catalán etc.. Ya que dicho lugar, no tiene consideración legal alguna realmente en la práctica.
Convendría hacer una profunda reflexión sobre todo esto. Porque se da el caso que cuando retornas a tu pueblo si, por poner un ejemplo, en orden a fijar ideas, quieres acceder a cualquier subvención, tienes que estar empadronado ahí el mismo tiempo que es exigido a cualquier persona que sea de fuera y que incluso haya venido sin ningún tipo de arraigo, ni siquiera de conocimiento del lugar donde se encuentra.
Y este trato donde a alguien originario de ahí e incluso teniendo sus antepasados radicados desde tiempo ahí, es algo difícilmente incomprensible y que no se debería aceptar, ya que no es en modo alguno, algo baladí que sea tratado como a alguien absolutamente ajeno a ese lugar. Y por lo tanto no tenga ningún trato considerando su procedencia y arraigo, al negarle cualquier derecho por ello, al que lógicamente debería ser digno.
Los legisladores deberían subsanar esta paradoja perversa existente del cuerpo legal vigente que lo establece, relativo a esa materia, con la inmediatez oportuna, cambiando lo que sea preciso cambiar, ya que es difícil poder entender que todo aquel, cuando sale de su pueblo, ya no se le puede considerar vasco, gallego etc. a efectos legales.