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FISCALIDAD PARA ‘EXPATS’

La puja por los expatriados: ¿Cuándo es conveniente solicitar la aplicación de la Ley Beckham?

La puja por los expatriados: ¿Cuándo es conveniente solicitar la aplicación de la Ley Beckham?

  • Aunque esta ley estaba originalmente pensada para atraer a extranjeros a España, puede servir para recuperar la “fuga de cerebros” de talento a España

martes 31 de agosto de 2021, 10:47h
Más impuestos y menos contribuyentes o menos carga fiscal y ¿más recaudación? De los fichajes galácticos a los traslados de Youtubers a Andorra, la pandemia y el auge del teletrabajo ha acentuado el debate de cómo atraer “talento” y usar los sistemas fiscales como ventaja competitiva para que las grandes fortunas tributen en el país. Un sistema fiscal que, en el caso de España, de acuerdo con Blanca Llopart de Mercader, Tax Manager de CIM Tax & Legal, “está restando atractivo” con la reforma de la Ley del IRPF, después de que la conocida como Ley Beckham, el régimen fiscal especial para trabajadores desplazados a territorio español “dejara de ser aplicable para deportistas profesionales en 2015”. La abogada explica que la reforma implica “una subida de los tipos marginales del IRPF para las rentas más altas”, un incremento que según apunta “afectará a los impatriados”. En concreto, el cambio legislativo contempla una subida del tipo hasta el 47% a partir de 600.000 euros, desde el pasado mes de enero, dos puntos más que la legislación anterior.

“El incremento choca con la carrera de nuestros países vecinos por rebajar la presión fiscal a sus impatriados”, opina Llopart, quien añade que la Ley Beckham es la vía que se ofrece a los extranjeros para reducir esta carga.

“En concreto, quienes no hayan residido en España durante los 10 ejercicios fiscales anteriores a su llegada a territorio español, disponen de 6 meses para solicitar la aplicación del régimen especial”, apunta la abogada. “Esto implica que durante seis años tributarán solo por sus rendimientos percibidos en España (a excepción de los rendimientos del trabajo) a un tipo fijo del 24% y del 47% a partir de 600.000 euros”, señala.

Llopart añade que estos contribuyentes “están sujetos al Impuesto sobre el patrimonio”, sobre sus bienes situados en España si el valor neto total supera los 700.000 euros y explica que, con la reforma fiscal, se aumentan también “los tipos de tributación para las rentas del ahorro”, que afectan también a los impatriados.

“En 2021, el ahorro pasa a tributar al 26% a partir de 200.000 euros, frente al tipo máximo del 23% para rentas superiores a 50.000 euros que aplicaba hasta ahora”, señala la abogada.

¿Cuándo conviene aplicarla?

La abogada explica que, a la hora de solicitar la aplicación del régimen, se debe “atender al nivel de ingresos, la situación familiar, el patrimonio y la Comunidad Autónoma de residencia” y advierte de que el régimen fiscal especial “no siempre es más beneficioso que el ordinario”.

“Para un residente en Cataluña, soltero y sin hijos, sería recomendable aplicar el régimen especial con un salario superior a 54.000 euros, pero un madrileño debería cobrar más de 58.000 euros para sacarle partido”, ejemplifica la jurista.

Así, Llopart apunta a que, en el caso de que el contribuyente “tuviera un patrimonio importante en el extranjero”, podría ser recomendable la aplicación de la Ley Beckham, “para evitar el impacto fiscal de la tributación por los bienes en el extranjero”.

Gracias a este régimen, la jurista opina que a pesar de la subida de los tipos impositivos “el ahorro fiscal sigue siendo considerable”, por lo que considera “precipitado” pronosticar un impacto negativo en la inversión extranjera debido a la reforma fiscal, aunque advierte de que “es probable que actúe como desincentivo a los traslados a España, en favor de otras jurisdicciones más atractivas”.

“En Francia se puede reducir su base imponible en un 50%, en Italia, podrían aplicar una exención de entre 70% de los rendimientos del trabajo hasta el 90% en función de la situación personal y la región en la que resida el contribuyente”, afirma la abogada, quien señala las facilidades que se dan desde el punto de vista fiscal en los países vecinos.

Recuperar el talento

La abogada explica que, aunque la Ley Beckham se concibió originalmente para atraer extranjeros al país, ofreciéndoles unas condiciones fiscales ventajosas, esta normativa puede servir también para recuperar el talento perdido de emigrantes.

Llopart recuerda que España, junto a Italia, “encabeza la fuga de cerebros en la Unión Europea”, una fuga que la abogada achaca a “los salarios poco competitivos y la falta de oportunidades”.

De este modo, la experta afirma que, mediante la Ley Beckham, se podría “incentivar a los jóvenes a volver a España”. “Es como una negociación con una compañía telefónica: irse para obtener mejores condiciones a la vuelta”, compara.

A pesar de ello, la experta lamenta que los españoles en el contexto actual “tienen que esperar 10 años para la repatriación” y compara la situación con los países vecinos, donde afirma que el tiempo requerido es la mitad. “En Francia y Portugal se pueden beneficiar de sus respectivos regímenes especiales tras 5 años de no residencia”, señala.

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