Una de las medidas más esperadas en el mercado laboral para este 2023 es la entrada en vigor de la nueva regulación de la denominada Tarjeta Azul de la Unión Europea para los trabajadores de terceros países altamente cualificados. En vigor en la actualidad, este permiso de trabajo viene resultando inoperativo para la función para la que se creó, es decir, para atraer el profesionales de alto nivel que puedan enriquecer la empresa europea. El motivo, según explica desde Le Morne Brabant Abogados Jennifer Muñoz, se encuentra en la acreditación nacional de empleo.
Actualmente, para que en España se le conceda a un ciudadano no europeo una Tarjeta Azul España, es necesario que el puesto de trabajo al que este va a acceder esté dentro del catálogo de ocupaciones de difícil cobertura que publica el SEPE. En su defecto, además, es necesario que el puesto ofertado no se haya podido cubrir mediante oferta de empleo gestionada a través del Servicio Público de Empleo. Esto quiere decir que si el puesto al que se está intentando acceder por el extranjero no se encuentra dentro de ese catálogo, la oferta de trabajo debe ser publicada en el SEPE, y sólo cuando el puesto no se pueda cubrir por un español o residente en España se abrirá la vía para que el extranjero pueda acceder a este permiso en aras de cubrir la oferta.
Responde así la abogada a la cuestión más importante de este esperado permiso , a la vez que nos responde a otras relevantes y relativas al sueño de muchas personas: la posibilidad de trabajar en la Unión Europea.
¿Qué hay que hacer a nivel legal en la actualidad para poder trabajar en la Unión Europea?
Si eres ciudadano de cualquiera de los 27 estados miembros (Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Estados Unidos. Unido, República Checa, Rumanía y Suecia), tienes la ventaja de la libre circulación y residencia por lo que no se necesitarás un visado para trabajar en Europa.
Por el contrario, aquellos que no sean ciudadanos de la Unión Europea tendrán que obtener el permiso de residencia y trabajo y las condiciones variarán en función del país al que se quiera emigrar.
¿Hay una diferencia de procesos para los considerados “altamente cualificados” y el resto?
Efectivamente, los permisos de residencia de altamente cualificados encuentran diferente regulación, se resuelven por órganos distintos y presentan la celeridad que no encontramos en otros permisos, al ser el plazo para su resolución de 20 días.
Como ventajas, en primer lugar, el trabajador altamente cualificado estará de forma legal, aunque sea autorizado en España para viajar por otros Estados Miembros de la Unión Europea y zonas del Espacio Schengen. Pero, no debemos confundir el permiso de trabajador altamente cualificado con el trabajador de tarjeta azul UE, ya que, aunque ambos comparten un perfil altamente cualificado, se diferencian en el salario y en la propia movilidad UE.
¿En qué se basa el concepto de alta cualificación?
Básicamente en que el trabajador desempeña la actividad laboral en un puesto cualificado/técnico que requiere de un conocimiento avanzado; un directivo o un gerente con un equipo de trabajadores a su cargo.
¿Qué diferencias existen entre la Tarjeta Azul y la autorización de residencia nacional para profesionales altamente cualificados?
Para la tarjeta azul, el trabajador extranjero debe desempeñar una actividad laboral para la que se requiera contar con una cualificación derivada de una formación de enseñanza superior de duración mínima de tres años y equivalente al menos al Nivel 2 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior, correspondiente con el nivel 6 del Marco Español de Cualificaciones para el Aprendizaje Permanente y mismo nivel del Marco Europeo de Cualificaciones (EQF).
Asimismo, también pueden aplicar a esta autorización quienes acrediten un mínimo de cinco años de conocimientos, capacidades y competencias avalados por una experiencia profesional que pueda considerarse equiparable a dicha cualificación y que sea pertinente para la profesión o sector especificado en el contrato de trabajo o en la oferta firme de empleo.
En cambio, para la autorización de residencia nacional para profesionales altamente cualificados, se requiere contar con una titulación equiparable al menos al nivel 1 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior, correspondiente con el nivel 5A del Marco Español de Cualificaciones para el Aprendizaje Permanente o bien poseer conocimientos, capacidades y competencias avaladas por una experiencia profesional de al menos 3 años que pueda considerarse equiparable a dicha cualificación.
¿Qué ventajas ofrece el permiso de residencia para los trabajadores altamente cualificados?
Este permiso de residencia posibilita traer a sus familiares directos y a cargo, y dicha posibilidad puede ser en el primer momento o incluso a posteriori, una vez que el trabajador altamente cualificado ya sea titular del permiso de residencia.
También, importante, quien lo obtenga no estará limitado a trabajar en cualquier lugar de España.
¿Hay algún cambio destacable más?
De la presente reforma desde Le Morne Brabant destacamos un cambio importante, y es que la autorización de residencia para profesionales altamente cualificados pasará a tener dos modalidades diferentes:
La autorización de residencia para profesionales altamente cualificados titulares de una Tarjeta Azul-UE.
La autorización de residencia nacional para profesionales altamente cualificados.
¿Siguen siendo los mismos plazos para trabajar?
La validez de la tarjeta de la Unión Europea depende de cada país, pero la media oscila entre uno y cuatro años. Mientras que en España el período de validez es de 12 meses, en otros Estados como en Francia llega a los 48.
¿Qué diferencia hay entre la tarjeta azul y la tarjeta de larga duración?
La principal diferencia es el camino previo a la obtención de la tarjeta.
En el caso de la larga duración UE, únicamente puede ser obtenida por aquellos extranjeros que llevan 5 años viviendo en España, y que ahora pueden conseguir esta tarjeta.
En el caso de la tarjeta azul el procedimiento previo es más sencillo, pues no es necesario haber registrado ningún año previo de residencia en España (ésta debe ser solicitada desde el país de origen).
Además, para lograr la larga duración UE será el propio extranjero quien realice todo el procedimiento legal, mientras que para la tarjeta azul es el empleador o empresario quien inicia el trámite.