¿CUÁNDO DEBE HACERSE UN TESTAMENTO?
Es urgente tener el testamento a los 60 años
- Si eres responsable y te preocupan tus seres queridos, deberías hacer testamento desde joven
lunes 21 de octubre de 2024, 11:49h
Según los últimos datos del Centro de Información Estadística del Notariado, el número de autorizaciones de voluntades anticipadas aumentó el primer semestre del año pasado un 51%. Históricamente, en España se realizan unos 600.000 testamentos al año; y aunque la cifra aumenta, mucha gente deja el trámite para sus últimos años. Abogados y notarios coinciden: es indispensable hacerlo para que no se produzcan situaciones injustas. Y cuanto antes, mejor.
Así lo recalca el Abel Marín, socio de Marín & Mateo Abogados y autor del libro “Protege Tu Herencia”: “Es urgente tener el testamento a los 60 años”. Además, no habría que quedarse solo con uno, sino que se deberían hacer tantos testamentos como la vida vaya cambiando. Por ejemplo, cuando se empieza a tener patrimonio, hipotecas o pareja e hijos. “Normalmente, no solemos tener la misma situación a los 30 que a los 40, 50 o 60”, afirma.
El testamento servirá para determinar quién recibirá el patrimonio, a quién se le desea otorgar la defensa de su memoria y honor y, en caso de tener hijos menores, quién desea que ejerza su tutela. “Si eres responsable y te preocupan tus seres queridos, deberías hacer testamento desde joven. Sobre todo, en el caso de compartir propiedades o tener hijos”, dice Marín.
El contenido del testamento
Es cierto que muchas personas pueden dudar de qué se tiene que incluir en un testamento y ante quién hacerlo. Por un lado, los expertos aconsejan que se haga ante notario en cuanto a su requisito formal. Por otro, acudir a abogados especializados en herencias y testamentos también resulta fundamental: “Un abogado con experiencia puede plantear situaciones que el cliente no habría pensado. Es común que muchos desconozcan las posibilidades y los problemas que puede haber”, comenta.
Por ejemplo, las problemáticas más comunes llegan cuando hay hijos de distintas parejas y se concurre a la herencia con el viudo o la viuda; cuando hay inmuebles de elevado valor o difícil valoración; cuando hay negocios en funcionamiento, o incluso cuando hay deudas o avales.
Marín resalta, por este motivo, que es importante que un abogado especializado lo redacte, explicándolo bien antes al cliente, y luego enviarlo a la notaría para formalizar la escritura. Que, si bien no es obligatoria, es altamente recomendable, ya que se deben respetar formalidades que, en muchas ocasiones, no se observan y pueden llevar a una nulidad.