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NOVEDADES QUE APORTA LA NUEVA LEY MINISTERAL

Los aplicativos de DATISA dan respuesta a las últimas novedades publicadas en el BOE sobre instrumentos de pago

Febrero de 2016 también será clave para otros hitos como la adaptación de la Norma 58 al descuento y la Norma 32 a los que inicialmente no se les ha dado solución

martes 21 de octubre de 2014, 14:31h
Los aplicativos de DATISA dan respuesta a las últimas novedades publicadas en el BOE sobre instrumentos de pago
DATISA, compañía española especializada en el desarrollo y comercialización de software ERP, que este año cumple 35 de presencia en el mercado, garantiza la respuesta de sus aplicativos a las últimas novedades publicadas en el BOE sobre gestión de instrumentos de pago. El pasado mes de febrero se publicaba en el BOE la Orden ECC/243/2014 por la que se adoptan una serie de exenciones en la aplicación, hasta el 1 de febrero de 2016, de determinados requisitos técnicos y empresariales para las transferencias y los adeudos domiciliados. La entrada en vigor de la normativa SEPA se está haciendo de manera gradual. Uno de los retos del proceso tenía que ver con la utilización de los ficheros con formato XML. Debido a la inexperiencia con esta tecnología, ha sido necesario la prolongación del plazo inicialmente establecido, hasta febrero de 2016, aunque muchos proveedores, como DATISA, ya dan solución a estas cuestiones técnicas.
Febrero de 2016 también será clave para otros hitos como la adaptación de la Norma 58 al descuento y la Norma 32 a los que inicialmente no se les ha dado solución, por ser productos nicho específicos del mercando bancario español.

Isabel Pomar, directora comercial de DATISA, explica que “el entorno de gestión de las pymes se ve alterado, a veces sensiblemente, otras con más impacto, con las novedades que puntualmente se publican sobre diferentes cuestiones que afectan a distintos procesos empresariales. En este caso concreto, con la publicación en el BOE de la Orden ECC/243/2014, DATISA sirve de altavoz para que las pequeñas y medianas empresas conozcan algunas cuestiones que afectarán a su operativa ordinaria, ya que nuestros aplicativos, están perfectamente habilitados para responder a esta “actualización” y no requieren ninguna adaptación técnica”.

Novedades que aporta la nueva Ley Ministerial

El pasado 22 de febrero se publicaba en el BOE la Orden ECC/243/2014 por la que se adoptan exenciones de aplicaciones, hasta el 1 de febrero de 2016, sobre determinados requisitos técnicos y empresariales para las transferencias y los adeudos domiciliados. En concreto, los instrumentos de pago a los que se refiere son los siguientes: los anticipos de crédito a que se refiere la serie de normas y procedimientos bancarios dictadas por la Asociación Española de Banca (cuaderno 58:«Créditos comunicados mediante fichero informático para su anticipo y gestión de cobro»).

Los recibos incluidos en la serie de normas y procedimientos bancarios número 32 (cuaderno 32) «Remesas de efectos en fichero informático de clientes a entidades financieras». Quedan expresamente fuera del ámbito de aplicación de la exención las letras de cambio y pagarés también incluidos en el citado cuaderno 32.

También se prevé la posibilidad de seguir utilizando a los usuarios de servicios de pago que inicien o reciban sus pagos por lotes, en sus comunicaciones con los proveedores de servicios de pago, formatos de texto planos. De tal manera que, a partir del 1 de febrero de 2016, sólo se podrá utilizar la norma ISO 20022 XML. La capacidad para generar estos XML así como la vinculación en las fichas de los datos IBAN y BIC para facilitar su cumplimentación, ha sido uno de los primeros puntos que según apuntan desde DATISA, deben tener en cuenta las empresas a la hora de revisar y actualizar su herramienta de gestión.

Febrero 2016: una fecha clave, también para las Pymes

Uno de los grandes cambios que implica la adaptación a la normativa SEPA tiene que ver con la sustitución de los códigos CCC por los BIC e IBAN, algo que ya había sido convenientemente previsto en las bases de datos de los aplicativos de DATISA, desde hace varios años. Esta circunstancia, de hecho, es considerada como una de las principales ventajas competitivas del ERP del fabricante español, para adaptarse al cambio. Una adaptación que, para los usuarios de los medios de pago está suponiendo alguna complicación extra a la hora de efectuar la conversión de dichos códigos. Teniendo en cuenta que esta adaptación no está resultando particularmente sencilla, la Orden ECC/243/2014 establece que el código CCC pueda “traducirse” a IBAN y BIC por las entidades bancarias de manera gratuita para el consumidor final y operaciones nacionales.

Otra de las cuestiones que se ha pospuesto hasta febrero de 2016, tiene que ver con la adaptación de los ficheros XML. El establecimiento en 2009 de los ficheros XML para el intercambio de datos entre empresas y bancos preveía muchas ventajas, desde el punto de vista tecnológico, aunque, como explican desde DATISA, un gran reto en el ámbito español en el que se usaba más bien poco. Esto ha provocado que, de forma transitoria, hasta febrero de 2016, se acepten unos ficheros intermedios, que contienen información SEPA, pero no disponen de la estructura informática definitiva y obligatoria. No obstante, los aplicativos de DATISA, dan respuesta, desde el principio a esta estructura tecnológica, permitiendo la generación de sus ficheros en formato XML.

Finalmente febrero de 2016 también será clave para la adaptación de la Norma 58 al descuento y la Norma 32 a los que desde el principio se estimó que la implantación de la SEPA no sería necesaria, por ser productos nicho específicos del mercando bancario español. Por el momento, no existe una solución, consensuada y definitiva, que de respuesta a esta cuestión desde el punto de vista técnico. En DATISA, se mantienen al tanto para incorporar a sus aplicativos las funcionalidades necesarias, tan pronto se establezca el marco técnico definitivo.

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