CONCURSO BANCO MADRID
Ausbanc Abogados defiende la separación íntegra de los fondos de inversión y pensiones
· Ausbanc Abogados ya tomó la decisión de recurrir en alzada la resolución del Banco de España
domingo 31 de mayo de 2015, 08:15h
La inadecuada intervención de Banco Madrid por una precipitada decisión del Banco de España el pasado 10 de marzo determinó el pánico de sus clientes, como era previsible, y condujo inexorablemente al proceso de liquidación de una entidad bancaria que tenía el ratio de solvencia más alto del sector. Ausbanc Abogados ya recurrió en alzada esa resolución del Banco de España y estamos a la espera de la decisión administrativa correspondiente. Pero el grave daño infligido por el Banco de España a 15.000 clientes de Banco Madrid puede extenderse de manera irracional a otros 15.000 partícipes de fondos de inversión, sicavs y fondos de pensiones que se han visto inexplicablemente atrapados en la vorágine del concurso de acreedores de Banco Madrid.
El 16 de marzo, la Comisión Nacional del Mercado de Valores suspendía la operativa de todos los Fondos de Inversión que tenían como entidad depositaria a Banco Madrid. El objetivo era legítimo ya que se trataba de defender el principio de igualdad de tratamiento a los partícipes y evitar operaciones sin control en una entidad sometida a concurso de acreedores. A continuación, la CNMV se encargó de designar a CECABANK como nueva entidad depositaria y a RENTA 4 como nueva entidad de gestión de los fondos.
Sin embargo, toda esta diligencia de la CNMV para proteger a los inversores de Fondos de Inversión ( y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones para los titulares de fondos de pensiones ) se había visto bloqueada por la actitud irracional de los Administradores Concursales de Banco Madrid que han paralizado la transferencia de valores porque interpretaban que las posiciones de efectivo de los fondos de inversión y de los planes de pensiones formaban parte de la masa concursal y por tanto quedan fuera del traspaso patrimonial.
La legislación europea y española es absolutamente clara y nítida al respecto. Tanto la Ley de Instituciones de Inversión Colectiva (artículo 6) como el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones (artículo 85.5) establecen de manera taxativa que los patrimonios de dichos instrumentos financieros colectivos son totalmente separados de cualquier entidad y , en el caso que nos ocupa, nunca son parte del balance de Banco Madrid y por tanto deben quedar íntegramente excluidos de la masa concursal.
Ausbanc Abogados participa en todo el proceso de Banco Madrid desde su intervención y en lo que afecta al concurso defiende y representa los intereses de muchos afectados particulares e importantes entidades y colectivos. Su postura al respecto se ha comunicado formalmente a las instituciones implicadas y a la administración concursal en diversos requerimientos y en las propias comunicaciones de crédito. Y la misma es contundente: los Fondos de Inversiones y Pensiones en su integridad, incluyendo obviamente las posiciones de efectivo, son propiedad de sus titulares y en ningún caso deben estar incluidos en la masa del concurso. Desde el principio, hemos advertido de las graves responsabilidades civiles e incluso penales en las que incurrirían los administradores concursales de actuar en sentido contrario.
La posición de Ausbanc Abogados trae causa fundamental en la defensa de los derechos e intereses de sus asociados directamente afectados pero también porque quiere evitar la alarma social y la inseguridad jurídica que se produciría en un escenario en que los fondos de inversiones y de pensiones fueran contaminados con procesos concursales como el que está viviendo Banco Madrid.
Los Administradores Concursales no pueden alegar falta de conocimientos y experiencia en el ámbito financiero ya que la dimensión cuantitativa y cualitativa del Concurso de Banco Madrid así como la gruesa retribución que perciben exigen de ellos que tomen todas las medidas y pongan en marcha todos los mecanismos para que el conjunto del Derecho europeo y español en materia de instituciones de inversión colectiva sea respetado en este asunto. Por supuesto, siempre quedaría el recurso al Juez de lo Mercantil nº1, Carlos Nieto Delgado, que tiene un brillante expediente profesional y acreditada experiencia, pero los miles de participes de fondos de inversión y pensiones merecen que su larga espera quede resuelta de manera urgente.
Por tanto, ha llegado el momento de que la Administración Concursal de Banco Madrid, obre con diligencia y respeto a la legislación, incluyendo los reiterados mensajes de la CNMV y la Dirección General de Seguros y Planes de Pensiones y proceda al traspaso urgente de todos los valores a los nuevos depositarios de manera íntegra, lo que incluye las posiciones de efectivo. Esta es la posición de Ausbanc Abogados que defenderá en todos los tribunales e instancias institucionales.