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ÁMBITOS RELIGIOSOS

Los otros siete

Los otros siete

· Por Violeta Yangüela (v.yanguela@codetel.net.do)

By Violeta Yangüela
lunes 13 de marzo de 2017, 14:33h
Hace mil quinientos años el Papa Gregorio I confeccionó una lista de siete pecados. A partir de ahí, se convirtieron en los siete Pecados Capitales: Lujuria, Gula, Avaricia, Pereza, Ira, Envidia, Soberbia. Fundamentados en algunas de las características de la condición humana, en la actualidad y en lenguaje civil, que no religioso, serían los indicadores que podrían servir para medir algunas de las emociones y del comportamiento de esas emociones en el ámbito personal y privado.

En el ámbito religioso, la penalización por la comisión de estos pecados es el arrepentimiento, la contrición y la confesión. Y por supuesto, la penitencia como castigo. En el ámbito de lo personal es la actitud de rechazo o no aceptación de los demás a la expresión y exposición de esos pecados. Para algunos no son más que la expresión de una parte de la bestia que se lleva dentro.

Por supuesto estos Pecados Capitales han sido y son utilizados como una variable importante en el quehacer público. Esta utilización ha tenido y tiene grados en su ejercicio.

En 1988 fueron ratificados por Naciones Unidas los Derechos económicos, sociales y culturales, definidos como los que facilitan a los ciudadanos a desarrollarse en autonomía, igualdad y libertad que les permiten unas condiciones económicas y de acceso a bienes necesarios para una vida digna. También siete.

El derecho a un empleo y a un salario

El derecho a la protección social

El derecho a la vivienda

El derecho a la educación

El derecho a la sanidad

El derecho a un medio ambiente saludable

El derecho a la alimentación

Parecería que una manera de actualización al mundo de hoy, en el 2008 la Santa Sede publica los siete pecados llamados Pecados Sociales

No realizarás manipulación genética

No llevarás a cabo experimentos sobre los seres humanos incluidos embriones.

No contaminarás el medio ambiente

No provocarás injusticia social

No causarás pobreza

No te enriquecerás hasta límites obscenos a expensas del bien común

No consumirás drogas

En la Ley civil existen reglamentos que norman la aplicación de la ley. En la Ley religiosa el reglamento existente es el arrepentimiento y la confesión seguido por la penitencia a cumplir. ¿Y la aplicación de la ley a los siete de la ONU?

Mientras tanto, al utilizar un vehículo que contamina el medio ambiente con la expulsión de CO2, se deberá suponer que rezar dos Padres Nuestros y tres Aves Marías se cumplirá con el castigo y la penitencia. Eso, por un por si acaso.

¡Ofrézcome, cuántos pecadores!

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