Tras doce meses sin acreditar trabajo alguno viajando a Asia y sin ofrecer justificantes de sus gastos o servicios realizados, la bodega decide no renovar el contrato con la operadora. En este momento, los querellados ofrecen a la mercantil la posibilidad de enviar un palet de productos a Indonesia, habiendo encontrado un potencial comprador.
Sin comprobar la veracidad de la operación mercantil, sin contactar con la empresa importadora y en base a un único Excel que presentaron los querellados con datos ininteligibles, la bodega accede a la operación y envía un palet con dirección a una empresa con sede en Indonesia que nunca había solicitado dicho envío.
La empresa indonesia rechaza la recepción del paquete y este se pierde, por lo que la bodega decide presentar una querella contra el operador comercial por falsificación documental y estafa.
El abogado experto en procedimientos por estafa, Juan Gonzalo Ospina, socio de Ospina Abogados, fue el encargado de la defensa del caso. Se solicitó el archivo del procedimiento tras alegar como línea de defensa que, ‘en ningún caso pueden concurrir los elementos del tipo penal necesarios en un procedimiento por estafa al no existir dolo, ni engaño bastante, ni disposición patrimonial por parte de los querellados’.
La jueza del Juzgado de Instrucción Nº2 de Vitoria-Gasteiz ha calificado el posible engaño como ‘burdo’, al entender que ‘una empresa acostumbrada a mantener relaciones comerciales y celebrar contratos, acceda a una operación comercial con una persona que no merecía ninguna confianza, sin hacer ninguna comprobación previa ni investigación’, estimando la petición de Ospina y archivando el procedimiento.