“Rara vez explicaban a los clientes que las tarjetas revolving tenían peculiaridades como que el límite de crédito se va recomponiendo de forma continuada, con lo que, pese a que las cuotas no son elevadas, se alargan en el tiempo y no se avanza con la amortización porque se generan nuevos intereses cada mes” explican desde Don Recuperador®, despacho especializado en este tipo de reclamaciones y que ha defendido este caso bajo la dirección letrada de uno de sus abogados D. Raúl Rubio.
Otro de los puntos clave del caso se basó en la falta de transparencia e incorporación y ausencia de negociación en la contratación.
“Estamos más que satisfechos con la sentencia porque son escasas las que se dictan en contra de Bankia por este tipo de producto, abriendo así las puertas a cientos de usuarios que pueden ahora, con esta, acogerse a los mismos principios de derecho” explican.
Tal como aparece en el documento del juzgado, la cuestión esencial era comparar si el TAE pactado en su día vulnera la Ley de Represión de la Usura, al resultar de aplicación al presente producto conforme al artículo 9 de la citada Ley.