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HIPOTECAS MULTIDIVISA

¿Qué pasará con las hipotecas multidivisa cuando desaparezca el LIBOR?

¿Qué pasará con las hipotecas multidivisa cuando desaparezca el LIBOR?

  • Si no se produce una transición correcta, se abrirá una batalla judicial entre los clientes de hipotecas multidivisa y las entidades financieras

jueves 19 de agosto de 2021, 12:21h
Actualizado el: 22 de agosto de 2021, 09:29h
Después de más de 30 años de consolidación, se puede decir con certeza, que el LIBOR tiene los días contados. A partir de 2022, esta tasa pasará a ser historia y se deberá dejar de utilizar en los 35 índices de referencia de cualquier tipo de divisa: dólar, yen, franco suizo, libra o euro. Su desaparición supondrá un verdadero problema para muchos clientes que tengan contratada una hipoteca multidivisa, ya que actualmente, muchas entidades aún no han ofrecido ningún tipo de alternativa que sustituya a este índice. Las cláusulas que prevén la sustitución suponen aumentar el gasto a los consumidores y resulta necesario establecer mecanismos para la transición a un nuevo índice de referencia. La incertidumbre de que pasará una vez se acabe el año, afecta a más de 70.000 personas que tienen contratada una hipoteca con alguna de las divisas extranjeras.
Posibles problemas judiciales

Antonio Pastor, abogado y socio de Círculo Legal Barcelona, advierte que “existe una importante falta de comunicación entre la banca y los clientes a los que les afecta esta nueva medida. Si no se produce una transición correcta, se abrirá una batalla judicial entre los clientes de hipotecas multidivisa y las entidades financieras. Lo ideal sería que incorporaran cláusulas de respaldo en las que se determine qué tasa va a sustituir al LIBOR con el fin de proteger al cliente”.

Desde Círculo Legal Barcelona, aseguran que “Al no contemplar los contratos cláusulas eficaces para abordar esta sustitución, se prevé un escenario incierto que puede derivar en un largo recorrido judicial que garantice la protección de los derechos de los consumidores financieros”.

La Comisión Europea ya ha abordado esta situación mediante el Reglamento 2021/168 de 10 de febrero de 2021, ofreciendo soluciones como la designación de un nuevo índice que sustituya al LIBOR, para que represente una solución de, al menos, corto plazo.
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