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CÓMO VA A QUEDAR LA LEY CONCURSAL EN 2021

La reforma de la Ley Concursal es urgente, pero se ha abordado mal y perjudicando a los más vulnerables
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La reforma de la Ley Concursal es urgente, pero se ha abordado mal y perjudicando a los más vulnerables

· Por Antonio Almendros, abogado experto en concursos de acreedores

martes 31 de agosto de 2021, 08:06h
Hace tiempo que los abogados concursales venimos avisando de que la reforma de la Ley Concursal es urgente, más que nunca, debido a la situación que han creado las medidas restrictivas sobre la economía mundial y en particular la nuestra. Este despacho en concreto ha publicado docenas de artículos sobre este asunto tan conveniente y urgente, que nuestras autoridades han limitado a disimular con una moratoria concursal que no está sirviendo de mucho. No desde luego para ayudar a reflotar esas empresas que han quedado en una situación de vulnerabilidad por los impagos durante este tiempo. En este sentido, había muchas esperanzas en la transposición de la normativa europea y su impacto positivo en la debacle concursal española.

Retroceso en la normativa para reestructurar la deuda y abordar la situación de insolvencia

Sin embargo, la transposición de la Directiva 2019/1023 de la UE no se ha producido como muchos esperábamos. Se trata de una normativa comunitaria sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas y otras medidas que estimulen la eficiencia en los mecanismos de reestructuración de deuda e insolvencia. Estamos hablando de los distintos procedimientos para reestructurar la deuda y abordar la situación de insolvencia y exoneración de deudas. Pero se trata de una directiva que llegará a España en unas condiciones poco deseables. Sin tener en cuenta la situación de los afectados más vulnerables.

Se penaliza el acceso a la segunda oportunidad y la exoneración de deudas

Algo que queda de manifiesto si contemplamos que se está penalizando el acceso a la segunda oportunidad y a la exoneración de deudas. Incluso con la imposibilidad de interponer concurso de acreedores a administradores o socios. Una normativa que no sirve para otorgarle más protección al empresariado, puesto que se ha recortado su acceso al auxilio de los juzgados. Y es que tanto la Agencia Tributaria como la Seguridad Social pueden derivar las responsabilidades hacia los administradores. Situación que se torna más directa en el caso de las personas físicas.

Si tienes problemas de insolvencia, busca cuanto antes asesoramiento en el procedimiento de concurso de acreedores

Esta nueva normativa termina con el perdón de las deudas a estas dos entidades públicas: Hacienda y Seguridad Social. También quedan excluidos los que en el concurso hayan sido calificados como culpables, por razones tan simples como no cumplir los plazos, lo que muchas veces se produce porque el concursado carece de recursos para la asesoría de un abogado concursal.

Y en cuanto al acuerdo exprés para microempresas, lo que podemos deciros de momento es que es tan incompleto y poco conciso que ni acreedores ni deudores terminan de hacerse con él. Por todo lo que estamos exponiendo, parece fundamental que te proveas con el mejor asesoramiento en el procedimiento de concurso de acreedores.

Se termina con el preconcurso de acreedores

Otra novedad negativa, a nuestro juicio, es que se termina con el preconcurso de acreedores, procedimiento que ha traído tantas posibilidades en la resolución de estas situaciones. Un mecanismo que otorga especial protección al potencial concursado, que por medio de él podía solicitar amparo en los tribunales. Inclusive para obtener la posibilidad de ganar tiempo frente a acreedores, ejecuciones y la eventual paralización de la empresa.

Creemos que esto será muy perjudicial para tantos empresarios, personas y físicas en situación de insolvencia y hasta para sus acreedores, pues lo van a tener mucho más difícil para continuar con su actividad normal. Una medida, pues, que supone un retroceso respecto al buen término del concurso de acreedores, pues con el preconcurso se abaratan y simplifican mucho los mecanismos concursales. Sobre todo, en comparación con el costo y los plazos de un concurso de acreedores.

Voluntariedad a la hora de elegir abogado concursal o no: otra mala noticia para los afectados más vulnerables

Y otro punto que perjudica seriamente a las personas con menos recursos es que se establece que la asistencia letrada sea voluntaria. Es decir, que las personas que no pueden pagar un abogado no podrán acudir al turno de oficio, para proveerse de este asesoramiento tan fundamental.

También se establece la novedad de un procedimiento único en cuanto a los planes de reestructuración de deuda. Por lo tanto, en este único procedimiento se deberán incluir los acuerdos de refinanciación y los acuerdos extrajudiciales de pago. Medidas todas éstas que hacen más urgente y vital que nunca elegir un abogado concursal, para poder adaptarte a estas novedades y defender tus intereses de la mejor manera posible.

Hoy más que nunca: la importancia de los abogados concursales frente al problema de la insolvencia

Otra novedad es que se anulan las juntas de acreedores, así como las propuestas anticipadas de convenio. Medidas todas ellas que creemos que no mejoran para nada la actual situación.

La conclusión de todo esto no puede ser más desesperanzadora. Tras un año de vigencia del texto refundido de la Ley Concursal, parece mentira, la normativa concursal se vuelve todavía más penalizadora y menos operativa. Totalmente indiferente a la situación tan complicada que están atravesando particulares, pymes y autónomos en esta época de dificultad económica.

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