Cuando ya ha pasado la resaca de las votaciones del convulso pleno del Ayuntamiento de Madrid de 13 de septiembre de 2021, que aprobó la Ordenanza de Movilidad Sostenible, un pleno que también dio lugar al nuevo grupo político, Recupera Madrid, conviene realizar algunas reflexiones sobre las pequeñas novedades que incorpora esta normativa que considero que son positivas para la ciudad de Madrid, sobre todo porque la alternativa era no tener ninguna regulación jurídica, habida cuenta que los tribunales tumbaron la legislación aprobada por la anterior corporación municipal, una legislación que me pareció correcta y de la que sólo he discutido algún matiz. Este revés judicial obligaba al Ayuntamiento de Madrid a legislar y, de hecho, según fuentes gubernamentales, se aceleraron por tal motivo los procedimientos legislativos.
El texto actual protege la vida e integridad física y la salud de las personas a través de la mejora de la calidad del aire mediante la reducción de emisiones, al igual que el anterior, pese a que se quiera trasladar a la opinión pública una idea contraria, totalmente sesgada y sin ningún tipo de sustento argumental. Establece, como antes, la creación de tres zonas de bajas emisiones mediante control de cámaras. La Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección Distrito Centro comenzó a funcionar el 22 de septiembre, mientras que la de Plaza Elíptica, que restringe el acceso y circulación exclusivamente a los vehículos A, lo hará a finales de año. Por otro lado, la normativa municipal regula en su artículo 21 'Madrid Zona de bajas Emisiones', que irá restringiendo el acceso y circulación a los vehículos A de manera progresiva desde el 1 de enero de 2022 hasta el 1 de enero 2025. Insisto, no hay cambios de calado y se cumplen los estándares que nos obliga Europa.
La normativa da el relevo al protocolo de Carmena, que estableció a finales de 2018 un área de 472 hectáreas por la que solo podían circular los conductores residentes, sus invitados hasta un cierto límite, los coches con etiqueta Cero Emisiones y Eco y los vehículos B y C que acudiesen a un aparcamiento público, además de suministros y prestadores de servicios. Y todo esto se mantiene. No se entiende, por tanto, salvo que se entren en consideraciones de oportunidad política, que la oposición en el consistorio madrileño haya escenificado un voto en contra en términos tan duros.
Las pequeñas innovaciones que incluye la Ordenanza de Movilidad Sostenible son la equiparación del tratamiento a los 15.000 comerciantes que operan en la zona con los residentes a partir del 22 de diciembre de 2021, el permiso de circulación de motos hasta las 23:00 horas (una hora más) y retraso de un año, al 31 de diciembre de 2022, de la limitación de acceso a los vehículos de mercancías con distintivo ambiental B y más de 3.500 kilos de peso. Son aspectos discutibles, pero que no representan, desde luego, modificaciones sustanciales y en el caso de los comerciantes, que son parte fundamental de la zona y pagan sus impuestos por sus locales, se trata de una reivindicación justa, que hace compatible la economía y el medioambiente, y que, los que vivimos en el distrito Centro, sabemos que es una situación que se producía y se produce de hecho. ¿No tienen derecho, acaso, los propietarios de negocios a acceder a sus puestos de trabajo? Yo pienso que sí. No hagamos demagogia con ellos que bastante les cuesta abrir el cierre todos los días y han soportado bastantes calamidades en los momentos más despiadados de la pandemia. Muchos cerraron en este difícil trance.
A través de una sencilla lectura de la nueva ley podemos ver que nada cambia, lo vuelvo a repetir. El área protegida del distrito Centro queda delimitada, como antes, por las calles de Alberto Aguilera, glorieta de Ruiz Jiménez, Carranza, glorieta de Bilbao, Sagasta, plaza de Alonso Martínez, Génova, plaza de Colón, paseo de Recoletos, plaza de Cibeles, paseo del Prado, plaza de Cánovas del Castillo, plaza del Emperador Carlos V, ronda de Atocha, ronda de Valencia, glorieta de Embajadores, ronda de Toledo, glorieta de la Puerta de Toledo, ronda de Segovia, cuesta de la Vega, Mayor, Bailén, plaza de España (lateral continuación de la cuesta de San Vicente), Princesa y Serrano Jover. Todo tipo de vehículos pueden circular por estas vías, pero no en su interior. Tampoco se recibirá sanción si se circula por las siguientes calles: Santa Cruz de Marcenado, de la calle Serrano Jover a Mártires de Alcalá, Mártires de Alcalá, Seminario de Nobles, avenida Gran Vía de San Francisco, Bailén, Algeciras, cuesta Ramón, Ventura Rodríguez, de la calle Princesa a Duque de Liria y Duque de Liria, de la calle Ventura Rodríguez a Princesa.
Y pese a que nada cambia, se ha esgrimido por parte de la oposición que se compraron votos a cambio de la aprobación de esta ordenanza, que los madrileños que vivimos en el centro quedamos abandonados a nuestra suerte ya que sufriremos las consecuencias de la contaminación del aire y un listado interminable de falacias que no se sostienen.
Lo único que sí cambia es la denominación de la zona: Madrid Central pasa a llamarse Distrito Centro, un cambio de nomenclatura que para los residentes en el casco histórico es irrelevante y que, a mí, en cualquier caso, que acabo de publicar el libro Distrito Centro 1000 años de historia (Editorial Artelibro, 2021), me parece más correcta ya que respeta fidedignamente los límites del distrito en el que resido. La historia y el presente, esta vez, se llevan bien y van de la mano.
* Nicolás Ferrando es director de Artelibro y ha publicado una veintena de ensayos sobre la historia de Madrid. Su último libro se titula Distrito Centro 1000 años de historia.