Así, opina “a mí siempre me gusta definir esta figura como la persona que defiende los intereses de terceras partes (clientes, proveedores, sociedad en general) dentro de la empresa. Se distingue del abogado en que su principal misión es la defensa de la propia organización y de sus directivos y administradores. El Compliance Officer, en cambio, no vela únicamente por lo que "se puede hacer", sino también por lo que se "debe hacer". Su presencia en las empresas es imprescindible para que éstas no incurran en una responsabilidad penal y son un factor clave para afrontar los retos del futuro, consiguiendo mantener una buena reputación y evitando riesgos económicos, jurídicos y sociales en las organizaciones”. Así, es importante resaltar el valor de esta figura, y profesionalizarla, ya que “no todo el mundo la puede ejercer”.
La pandemia ha cambiado las exigencias de las empresas y cada vez es más necesario un Compliance Officer, aun así, todavía hay compañías que no lo tienen, aunque cada vez son más la que la incorporan.
El Compliance que viene
Se trata de una figura que, como describe el secretario de la Junta Directiva de ASCOM, Francisco Bonatti, “avanza muy rápidamente, con lo que los retos se acumulan”. Para contextualizarlo, se trata de un “fenómeno que se produce en un cambio de siglo y de finalización de una etapa en la historia de la humanidad. La entrada en el s. XXI se produce bajo una profunda transformación de los modelos económicos y sociales que resultaron tras la II Guerra Mundial fruto del fin de la Guerra Fría y la consolidación de la globalización”.
Así, matiza el experto que ya en el S.XXI este entorno globalizado genera nuevos riesgos socioeconómicos y amenazas globales, por lo que hay que seguir avanzando en fomentar la autorregulación regulada mediante legislaciones y un nuevo foco crítico de sociedades civiles.
Tendencias nacionales
Como especifica el experto, son numerosos los avances que aún quedan por hacer. Por ejemplo, resalta, entre ellos, la evaluación de los programas y sistemas de Compliance en el marco de los procedimientos judiciales penales, un desarrollo de normas sobre sistemas de gestión de Compliance en materia de libre competencia, así como normas sobre sistemas de gestión en esta materia en el campo sociolaboral. También una correcta integración de los requisitos de la legislación nacional sobre protección a los denunciantes en los programas de las organizaciones. Como vemos, aunque se haya avanzado quedan muchos pasos que dar. Gracias a asociaciones como ASCOM se va relanzando esta importante figura que tan necesaria es en las empresas poniendo en valor su gran papel.