QUEDA PROBADO QUE LAS LESIONES NO SE PRODUJERON POR LA ACTUACIÓN DE LOS AGENTES
Absueltos los Mossos d'Esquadra imputados por una falta de lesiones a un ciudadano de Segur de Calafell
· La parte defensora de los Mossos ha declarado que espera que no haya esta vez ningún cambio de rumbo, ya que en 2014 se dictó un primer auto de sobreseimiento pero fue revocado
miércoles 01 de junio de 2016, 08:39h
Actualizado el: 02 de junio de 2016, 16:14h
El pasado 4 de abril, pero con notificación pública del 5 de mayo, el juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 8 de El Vendrell dictó el auto de sobreseimiento a los seis agentes del cuerpo de Mossos d'Esquadra imputados por una falta de lesiones durante la detención del ciudadano K.M.S en la noche de fin de año 2013/2014 en Segur de Calafell (Tarragona). La defensa, a cargo del despacho de abogados Alamán y Asociados, ha dado a conocer el documento donde se exponen las causas de la absolución, entre las que sobresale el hecho comprobado de que las lesiones que se alegaban en la denuncia interpuesta por el detenido no pudieron producirse por la actuación de los agentes. No obstante, la defensa del residente en Segur de Calafell ha interpuesto un recurso de apelación al auto.
Los agentes acudieron la Nochevieja de 2013 al domicilio del ciudadano que después les denunció, activando el protocolo de seguridad por posible violencia de género. Habían recibido una llamada de una vecina que alertaba de una fuerte discusión de pareja en dicho piso. Los imputados alegaron que redujeron al varón de la pareja debido a las fuertes amenazas que el hombre profería y a su actitud agresiva, y a continuación le informaron de que estaba detenido por atentado a agentes de la autoridad. Un reconocimiento médico forense realizado al día siguiente indicaba que K.M.S tenía un esguince en el tobillo y otro en la muñeca derecha, que según el afectado se debía a la fuerza ejercida al agarrarle “de manera violenta” los cuatro agentes que se quedaron con él la noche en cuestión -mientras otros dos se llevaban a su mujer-. Más tarde sumó problemas de ligamentos a esta acusación, mientras que ante ello los Mossos imputados afirmaron sólo haber ejercido una mínima fuerza necesaria para el control de la situación.
No obstante, y tras la defensa ejercida por el bufete de abogados Alamán y Asociados, el juez afirma en el auto de sobreseimiento que no ha habido pruebas de que el hecho denunciado fuera realmente perpetrado. Asimismo, en el texto se puede leer que la lesión de ligamentos que padece el denunciante K.M.S no se puede generar por una contusión como la ocurrida. Además, éste -con numerosos antecedentes penales- ha reconocido que en aquel momento estaba en estado ebrio -lo que corrobora su esposa-, y el testigo propuesto sólo ha dado fe de que los Mossos actuaron efectivamente con la mínima fuerza necesaria para reducirlo y solucionar el conflicto.
Anteriormente -en 2014- ya se había solicitado el sobreseimiento repetidas veces por parte del despacho de abogados Alamán y Asociados. En el mes de abril de dicho año se dictó un primer auto de sobreseimiento. No obstante, la Audiencia Provincial, por razones de prudencia, lo revocó en cinco meses más tarde para poder practicar las diligencias de instrucción solicitadas por la defensa
del ciudadano K.M.S., quien para este objetivo había interpuesto un recurso de apelación frente al auto.
Respecto al auto de sobreseimiento actual, de fecha 4 de abril de 2016, sobre éste se ha interpuesto un nuevo recurso de apelación, al cual se ha opuesto tanto el bufete dirigido por Luis Alamán como
la abogada de la Generalitat de Catalunya. A día de hoy el asunto está en la mesa del juez para resolver. La causa, por tanto, sigue abierta contra el denunciante de los Mossos d'Esquadra como
presunto autor de un delito de atentado y/o resistencia.