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REFORMA Y GESTIÓN

Reflexión cientifica de la reforma constitucional de España

Reflexión cientifica de la reforma constitucional de España

· Por Francisco Meana

lunes 16 de octubre de 2017, 09:21h
Actualizado el: 18 de octubre de 2017, 10:09h

Habermas hablo de la tarea de la moral de la política y el tratamiento racional, aplicando unas normas de interés general para justificar un orden que represente un entendimiento para evitar conflictos estructurales. A pesar de todo este método científico. España es un paradigma histórico que se remonta, a culturas, vivencias de siglos. Donde la diversidad de Imperio de Roma, como la Corona de España, llevo a nuevos mundos, desconocidos, para la Europa del Siglo XV.

Hispania pot contemplar-se la perspectiva d ´models de racionalitat conciencia millón vida pensament unidad. Todo proceso de reforma, debe plantear una visión de seguridad jurídica y un Estado basado, en la Unidad en unas dimensiones que posibilite vivir, en armonía ,criterios plurales, y no abriendo desmesuradamente, a muchas Autonomías ,que pedirían otro marco de anexiones y enfrentamiento territorial de consecuencias insostenible para el conjunto de los españoles.

El procedimiento de Reforma Constitucional, plantea regulaciones y transformaciones especiales que puede llegar a afectar, al título preliminar, la forma política del Estado en su artículo 1, la indisoluble Unidad de España y reconocimiento de las nacionalidades y regiones en su artículo 2º y 3ª el castellano como lengua oficial y demás lenguas de España .

El Estado de la Autonomías – no es una soberanía – es un poder de contrafuertes, donde en su articulado el 158º, el Estado de España consagra el principio de solidaridad, igualdad, con una legalidad Estatutaria, basada en su peculiaridad de roles culturales diversos, lengua, competencias cedidas dentro del control del Estado, tribunal constitucional, gobierno y tribunal de cuentas.

Su reforma, podría llevarnos a un sistema de Diposición Transitoria, o mucho más lejos –modificar las competencias del Estado en su árticulo 149, donde el Estado de España se quedaría solo, con la Defensa, y las Relaciones Internacionales y la Comunidad Autónoma, podría pasar a un Estado de Carácter Confederal.

Modificar el artículo 143.1 de la Constitución, necesitaría una Ley Orgánica, para cambiar la configuración provincial, local y la extensión del Territorio de la Autonomía, por vía de urgencia. El Gobierno convocara a Diputados y Senadores elegidos en ámbito territorial, para elaborar un nuevo proyecto de Estatuto de Autonomia, por mayoría absoluta .Se crea una comisión constitucional y esta será sometida a referéndum vinculante.

Mis dudas serían hasta donde va llegar esta reforma constitucional, una formulación federal, que afectaría a toda España. Por ejemplo si Castilla León, Madrid y Castilla la Mancha quieren forma una Autonomía, o Cataluña y la Comunidad Valenciana se viera afectada, por lo que llamaríamos Países Catalanes.

Esa es la cuestión, la presión del presente y el tiempo nos puede llevar a una reforma lógica donde el Senado es la Cámara de los entes Autonómicos, a un ordenamiento del territorio abierto a sentimientos locales, provinciales, donde se sienta mejor vivir en un territorio, frente a otro y una España, donde los autogobiernos, se impongan a la soberanía nacional que reside en el pueblo español.

Reforma y gestión sí son fundamentales, en la unidad de mercado y una España más avanzada, frente a la dispersión irracional.



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