Más de seis millones de automovilistas afectados pagaron injustamente 300 millones de euros
El recurso de AEA fue aceptado íntegramente el pasado mes de octubre por la Sala Tercera del Tribunal Supremo declarando la nulidad del apartado segundo de la Orden del Ministerio de Sanidad 413/2020, de 15 de mayo. Esta norma obligaba a más 6,5 millones de automovilistas a tener que realizar anticipadamente nuevas inspecciones, con un desembolso de más de 300 millones de euros, al haberse reducido los plazos de la ITV.
Se añadirá el plazo minorado en la siguiente inspección
Ahora, con la reciente medida aprobada por el gobierno, los automovilistas afectados recuperarán en la siguiente inspección el mismo número de días en que se les hubiera reducido el plazo anterior. Es decir, que una vez realizada la inspección se consignará en la ficha técnica el nuevo plazo, al que se añadirán los días que le fueron recortados durante el estado de alarma.
Tráfico debe anular miles de multas
El presidente de AEA, Mario Arnaldo, se ha mostrado muy satisfecho por el éxito obtenido por su organización en defensa de los legítimos derechos de millones de automovilistas, tanto por la sentencia del Tribunal Supremo, que estimó íntegramente sus argumentos como por la medida aprobada ahora por el Gobierno que supone un ahorro de más 300 millones de euros para 6,5 millones de automovilistas.
A juicio de Arnaldo “la norma aprobada por el Gobierno durante el estado de alarma no obedecía a ninguna razón de seguridad vial sino solo y exclusivamente a razones económicas de empresas privadas a las que se les quería favorecer, en perjuicio de los automovilistas, garantizándoles la recaudación que habían dejado de percibir durante el cierre de las estaciones de ITV”.
“Ahora -añade Arnaldo- solo queda que Tráfico anule las multas afectadas por la sentencia del Tribunal Supremo que declaró nulo el recorte de los plazos para pasar la ITV”.
Esta parte seguro que va acarrear muchos problemas a los usuarios para recuperar lo pagado de forma ilegal.
Recordemos que el Ayuntamiento de Madrid se negó a devolver el importe de las multas cuando fue anulado Madrid Central por el TSJM, el argumento del Consistorio madrileño era que el proceso administrativo había sido legal, aunque basado en una norma que fue anulada por los tribunales, añadimos nosotros. Por tanto el importe debería ser devuelto en su totalidad e incluso con los intereses legales por el tiempo transcurrido.
De cualquier forma es un éxito innegable que repercute favorablemente en los conductores.
Adjuntamos una tabla con las fechas y frecuencias de paso por la ITV de los distintas categorías de vehículos.