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Adiós a las llamadas spam y a los abusos telefónicos

Adiós a las llamadas spam y a los abusos telefónicos
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· Por Luis Carlos Ramírez

viernes 14 de noviembre de 2025, 08:20h
Quién no ha recibido multitud de llamadas spam, ha sido estafado con gastos ocultos de gestión, renovado suscripciones automáticas sin haberlas autorizado o se ha desesperado con los contestadores automáticos que no resuelven la reclamación a las empresas. Todos estos abusos y muchos mas que sufrimos como consumidores o clientes tienen los días contados tras el visto bueno del Congreso a la Ley de Servicios de Atención a la Clientela que el Senado debe sancionar ahora para su entrada en vigor. La norma, que afecta a las empresas con más de 250 trabajadoras y 50 millones de facturación o que presten servicios de interés general, fija unos estándares básicos de calidad para evitar multitud de engaños que afectan a los ciudadanos. Para garantizar los derechos, no solo introduce mejoras para una atención justa y personalizada, sino que avala una información clara.

No más llamadas comerciales abusivas

Con la ley las empresas quedan obligadas a introducir un código telefónico (o prefijo específico) para identificar todas las llamadas comerciales que hagan. Además, ese número debe ser siempre distinto del que las mismas compañías empleen para atender a los consumidores. Las teleoperadoras tendrán la obligación de bloquear todas las llamadas dirigidas por empresas a consumidores que no provengan de números con estos prefijos específicos. El proyecto obliga igualmente a que todas las consultas telefónicas de un consumidor a la empresa se puedan resolver en menos de tres minutos de media. Y cuando las esperas sean mayores se podrán denunciar.

Adiós a los gastos de gestión ocultos

Las empresas deberán ofrecer, desde el principio de la transacción, la totalidad del precio incluyendo los gastos de gestión y otras cuestiones o costes que puedan repercutir en el consumidor o usuario. Se evitará así que las empresas comuniquen precios desagregando cifras, incluso en distintos momentos del proceso de compra, como ocurre, por ejemplo, con la compra de entradas o billetes. Así, la ley garantiza que el comprador pueda conocer desde el primer momento la totalidad del precio que paga y que es lo que, sin que al final de la operación se produzcan incrementos de precio inesperados.

Atención humana y no automática

A su vez, la ley que protege los derechos de la clientela establece que un cliente podrá pedir que le atienda una persona y no una máquina o una inteligencia artificial. Desde que lo solicite hasta que le atienda esa persona física, no podrán pasar más de tres minutos. La atención también tendrá que ser personalizada en función de factores como la edad, la discapacidad o la situación administrativa del usuario. La norma fija un plazo de quince días máximo para resolver las reclamaciones. El plazo se reduce a cinco días para reclamaciones vinculadas a cobros indebidos. El texto también impedirá que cuando se vaya a hacer una compra, por ejemplo de entradas para un concierto o un billete de avión, el precio vaya aumentando a medida que se avanza en el proceso de compra. El precio inicial que el usuario ve y asume que va a gastar será el precio final que pague, sin gastos añadidos de por medio.

Juegos de apuestas

En el ámbito de juegos de apuestas se introduce la figura del 'influencer'. En concreto, se incluye en la Ley de Juego de 2011 a los "personajes de relevancia o notoriedad pública", que serán aquellos sujetos que gocen de un "amplio reconocimiento" por la sociedad o, en su caso, por determinados colectivos cualificados en atención a preferencias, aficiones, intereses o cualquier otro criterio que los singularice como colectivo. El texto obliga ahora a que el uso efectivo de las promociones ofertadas por los operadores sólo se podrá realizar por clientes que tengan una cuenta de juego abierta durante, al menos, treinta días y hayan sido verificados documentalmente. Asimismo, los operadores habilitados para realizar actividades de juego sólo podrán aceptar medios de pago nominativos y de titularidad del participante.

Fin a la renovación de contratos no consentidos

Las empresas estarán obligadas a comunicar con 15 días de antelación la fecha en la que se producirá la renovación automática de un servicio o suscripción que haya sido contratado de forma online, además de facilitar la baja voluntaria en caso de que el consumidor lo desee. De este modo, se pretende garantizar por ley que todos los consumidores puedan tomar decisiones conscientes y evitar las renovaciones automáticas de contratos no deseados sin que los consumidores tengan tiempo a decidir si quieren seguir abonados o no a los servicios ofrecidos

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