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NOVEDADES EN LA ITV

Nueva regulación para las inspecciones técnicas de vehículos (ITV)

Nueva regulación para las inspecciones técnicas de vehículos (ITV)

· Por Juan Ángel Inarejos

By Juan Angel Inarejos
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jainarejoselmundofinancierocom /10/10/28
sábado 26 de mayo de 2018, 18:07h

Con fecha 20 de mayo de 2018 ha entrado en vigor la nueva regulación de las inspecciones técnicas de vehículos, debemos estar atentos a los cambios, ya que del resultado va a depender nuestra habilitación para poder circular sin problemas. Destacamos a continuación los cambios más relevantes.

Plazo para realizar la inspección

Se permitirá pasar la ITV con una antelación de 30 días a la fecha de caducidad que figure en la ficha técnica, manteniéndose la misma fecha que estuviera prevista la siguiente revisión. Es decir, ahora realizar la ITV con antelación no le perjudicará, ya que se respetará el vencimiento periódico que tenía en su ficha técnica.

El periodo de revisión periódica para turismos sigue siendo el mismo: Exento hasta los 4 años. Más de 4 años, deberá realizar inspección cada dos años hasta los 10 años, y a partir de los 10 años, revisión anual.

Resultados de la Inspección

El resultado de la inspección será “FAVORABLE”, “DESFAVORABLE” (con defectos graves) o “NEGATIVO” (con defectos muy graves). Desaparece el resultado “Favorable con Defectos Leves”, aunque el vehículo tenga defectos leves.

El resultado “FAVORABLE, DESFAVORABLE O NEGATIVO” se inscribirá por medios electrónicos en el registro de vehículos de Tráfico.

Distintivo ITV

Los vehículos que hayan superado favorablemente la inspección técnica periódica deberán colocar el distintivo V-19, que le entregará la estación de ITV, en el ángulo superior derecho del parabrisas por su cara interior, y tendrá la consideración de prueba de inspección.

Además, las estaciones facilitarán una copia impresa del informe de la inspección a la persona que haya presentado el vehículo a inspección. Este informe podrá ser requerido por los agentes encargados del tráfico, por lo que le aconsejamos que lo lleve en el vehículo.

Seguimiento de los defectos

  1. Los defectos leves deberán repararse en un plazo máximo de dos meses, pero no exigen una nueva inspección para comprobar que han sido subsanados (a no ser que el vehículo tenga que volver a pasar inspección porque tuviera otros defectos graves o muy graves).
  2. Los defectos graves inhabilitan al vehículo para circular por las vías públicas excepto para su traslado al taller o, en su caso, para la regularización de su situación y vuelta a una estación ITV para nueva inspección en un plazo no superior a dos meses.
  3. Los defectos muy graves inhabilitan al vehículo para circular por las vías públicas. En este supuesto, el traslado del vehículo desde la estación hasta su destino se realizará por medios ajenos al propio vehículo. Una vez subsanados los defectos, se deberá presentar el vehículo a inspección en un plazo no superior a dos meses.

Si el vehículo se presentase a la segunda inspección técnica fuera del plazo concedido para su reparación, deberá realizarse una inspección técnica completa del vehículo, sin perjuicio de las posibles sanciones que pudieran imponerse.

Facilidad para los usuarios: Posibilidad de cambio de ITV

Existe libertad de elección de la estación ITV para efectuar tanto la primera inspección técnica como las inspecciones sucesivas tras la subsanación de defectos.

Ahora el usuario puede cambiar libremente de estación ITV cuando el resultado de la inspección le haya sido desfavorable o negativo, mientras que hasta ahora era obligatorio volver a la misma estación que había realizado la primera inspección.

Acreditación de tener seguro

Las estaciones de ITV requerirán la acreditación de tener seguro obligatorio en cada inspección ordinaria o extraordinaria del vehículo.

Control del fraude en el kilometraje

Las estaciones de ITV continuarán anotando el kilometraje de los vehículos, debiendo comprobar, además, que no esté claramente manipulado el cuentaquilómetros (fraude) para reducir o falsear el kilometraje registrado de un vehículo, o claramente fuera de servicio, lo cual será considerado como “defectos graves”.

Tarifas de inspección

El precio de las inspecciones será establecido por cada comunidad autónoma. Con el fin de facilitar a los usuarios la libre elección de estaciones ITV, el Ministerio de Economía publicará periódicamente los precios comunicados por las estaciones de ITV.

Duplicados de tarjetas de inspección

Se elimina el requisito de inspección previa del vehículo para emitir duplicados de las tarjetas de inspección técnica (ITV), siempre que el vehículo del solicitante se encuentra dentro del periodo de validez de la inspección periódica. Es decir, ya no hace falta llevar el vehículo a la estación para obtener un duplicado de la ficha técnica.

Inspección extraordinaria al vehículo por accidente

Se podrá exigir, como hasta ahora, que un vehículo se someta a inspección antes de la fecha que le corresponda, tras un accidente u otra causa, cuando el vehículo haya sufrido un daño importante que pueda afectar a algún elemento de seguridad de los sistemas de dirección, suspensión, transmisión o frenado, o al bastidor o estructura autoportante en los puntos de anclaje de alguno de estos órganos, deberá ser presentado a inspección antes de su nueva puesta en circulación, en la que se dictamine sobre la aptitud del vehículo para circular por las vías públicas.

El agente de la autoridad encargado de la vigilancia del tráfico será quien proponga la inspección del vehículo antes de su puesta en servicio, después de la preceptiva reparación, comunicándolo tanto al interesado como a la Dirección General de Tráfico. Recibida dicha comunicación, la Dirección General de Tráfico dictará resolución imponiendo, en su caso, la inspección extraordinaria al vehículo.

Vehículos Históricos

La antigüedad mínima requerida para que un vehículo pueda ser catalogado como histórico será de 30 años desde su fabricación o desde su primera matriculación, en lugar de los 25 años que actualmente establece el RD 1247/1995.

La periodicidad de las inspecciones técnicas de los vehículos históricos, será bienal hasta cuarenta años, trienal de cuarenta a cuarenta y cinco años y cuatrienal para vehículos de más de cuarenta y cinco años.

Responsabilidad de las Estaciones de ITV

La estación ITV deberá suscribir pólizas de responsabilidad civil, avales u otras garantías financieras equivalentes, que cubran los riesgos de su responsabilidad, respecto a daños materiales y personales a terceros, por una cuantía mínima de 300.500 euros por línea de inspección, sin que la cuantía de la póliza limite dicha responsabilidad.

Inspecciones en carretera para vehículos comerciales

Se posibilita la inspección técnica en carretera de vehículos comerciales, como complementarias de las inspecciones periódicas.

Intercambio de información

Se favorecerá el intercambio de información electrónica entre estaciones y Administración Pública para fomentar la mejor supervisión de las actuaciones de la inspección.

Mejor equipamiento y mayor formación del personal de las estaciones ITV

La nueva regulación obliga a las estaciones ITV a disponer de herramientas de lectura de diagnóstico que se conectan con los ordenadores de a bordo de los vehículos (DAB), para comprobar los sistemas de seguridad electrónicos y el control de emisiones. La norma también actualiza los requisitos de cualificación del personal e incorpora la formación a distancia. Para los inspectores se exige por primera vez la titulación de Técnico Superior de Automoción, como nivel mínimo.

La inspección efectuada en otros países miembros de la Unión Europea, será válida en España

Por último, la adecuación de nuestra normativa sobre ITV al marco legislativo europeo permitirá el reconocimiento del certificado de la inspección técnica periódica emitido por otros Estados miembros cuando se produzca un cambio de titularidad de los vehículos, es decir, cuando el usuario lo haya comprado en el extranjero y lo matricule en España.

Sanción por no tener al día la ITV 200 euros.

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