El modelo de informe de auditoría formado hasta hace poco por una o dos páginas es cosa ya del pasado. El 1 de enero 2018 de este año ha entdado en vigor la nueva Normas Técnicas de Auditoría sobre contenidos de informes de auditoria, que obligan a cambiar la redacción de este informe desde esa fecha. Dichos cambios van en relación tanto a la estructura, como al orden que siguen los párrafos del documento. Antes se hacía un informe en el que se reflejaba la opinión del auditor, según su estudio y los motivos para la modificación de dicha opinión, en caso de que esto ocurriera. El informe de ahora es totalmente diferente y mucho más extenso, de hecho, recomendamos que sea elaborado por empresas de auditoría con un largo recorrido y experiencia, capaces de cumplir con cada punto de las nuevas exigencias.
Características de este nuevo modelo de informe de auditoría
Al contener mucha más información, este informe es bastante más complejo. En el nuevo modelo se contiene toda clase de explicaciones acerca del trabajo de los auditores. Por ello, debe encargarse el documento a profesionales experimentados, como los que forman el equipo de Aobauditores.
Ya no es necesario hacer búsquedas del estilo auditores Madrid o Barcelona, por ejemplo, para encontrar a los profesionales con mejor fama, ya que se puede contactar cómodamente con expertos como los mencionados de forma online, con la comodidad que ello supone.
Cabe destacar que en los nuevos párrafos y anexos se reflejan aspectos fundamentales para la empresa, riegos que debe afrontar la empresa, y la definición tanto de la responsabilidad del auditor, como de los administradores.
¿Deben incluir siempre los AMRA los informes de auditoría?
Uno de los aspectos que se han considerado como más novedosos es la descripción de los aspectos más importantes del trabajo de auditoría, conocidos como AMRA. Destacan entre ellos los riesgos más importantes que haya experimentado la empresa, o que pueda experimentar con posterioridad.
Sin duda, un párrafo de absoluta relevancia, en la medida en que, tras describir estos riesgos, tiene que explicar también cómo los va a afrontar la empresa. Además, el auditor tiene que motivar su opinión, mediante las evidencias en las que la haya fundado.
No obstante, han surgido dudas en torno a la obligación de incluir en el informe de auditoría las cuestiones claves por parte del auditor independiente, ya que se ha dado la posibilidad de que el auditor concluya que no existe ninguna cuestión clave de auditoría que deba comunicarse como tal a los responsables de gobierno.
Consultado acerca de esto, el Instituto de Contabilidad y Auditoría de cuentas (ICAC) ha concluido dos cosas. En primer lugar, que la decisión que tome el auditor y su motivación deben estar adecuadamente documentadas, y en segundo lugar, que incluir una cuestión clave que no tenga la significatividad requerida no aporta valor al informe.
Por lo tanto, de lo establecido por el ICAC se puede desprender que en aquellas entidades que nos sean de interés público, se puede dar el caso de que el informe de auditoría no incluya ningún aspecto relevante para la misma, en la sección correspondiente.