Por tanto, como abogado experto en concurso de acreedores, quiero manifestar que me inquietan mucho las consecuencias de la presente moratoria concursal. Esta moratoria no sólo producirá un grave proceso de destrucción masiva de empresas, al retrasar la presentación de concursos de acreedores, sino que también desembocará en un problema en cuanto a la calificación de muchos de estos concursos. Unos concursos que son fruto de una moratoria mal entendida y que podrían derivar en una auténtica avalancha de concursos de acreedores calificados como culpables.
¿Es la moratoria un pretexto válido para que los administradores justifiquen la dilación en la presentación de un concurso de acreedores?
Antes de la moratoria, las empresas tenían la obligación de solicitar la declaración de concurso de acreedores dentro de los 2 meses siguientes a la fecha en que hubiera conocido o debido conocer su estado de insolvencia.
Durante la moratoria aprobada por el Gobierno, esta obligación ha quedado en suspenso hasta finales de este año 2021. Una medida que ha traído aparejada más incertidumbre que soluciones reales para los problemas de insolvencia de las empresas.
Es importante puntualizar que no se debe confundir una moratoria, en cuanto a la obligación de presentar la solicitud del concurso de acreedores, con las consecuencias de dicho aplazamiento si al final se produce el concurso y es calificado como culpable. Hay que aclarar que nadie queda exonerado de su responsabilidad como administrador por el simple hecho de que se haya dictado una moratoria como la presente.
Si la dilación a la hora de presentar el concurso de acreedores desemboca en una agravación del estado de insolvencia de la empresa, esto podría implicar que el concurso de acreedores fuera calificado como culpable haya o no moratoria. Por ello es importante que ante la incertidumbre acarreada por esta moratoria las empresas en situación de insolvencia consulten, lo antes posible, con un experto en concursos de acreedores, que les asesore para evitar esta calificación culpable del concurso de acreedores.
Posibles causas de calificación del concurso culpable
- Haber cometido irregularidades contables relevantes.
- Inicio o empeoramiento del estado de insolvencia con dolo o culpa grave.
- Dilación en el deber de solicitar la declaración de concurso. Un motivo éste que adquiere total actualidad con motivo de la moratoria.
Sanciones previstas en caso de calificación culpable del concurso de acreedores
En caso de que se determine una calificación culpable, las sanciones que prevé la Ley son las siguientes:
- Inhabilitación para administrar bienes de terceros y para representar a nadie durante un periodo de 2-15 años.
- Pérdida de todo derecho como acreedores en el concurso.
- Devolución de los bienes o derechos obtenidos de forma indebida.
- Indemnización por los daños y perjuicios provocados por la insolvencia empresarial, y esto es lo que más preocupa, incluso con cargo al patrimonio personal.
Para cualquier duda sobre éste y otros problemas causados por la insolvencia de empresas y los concursos de acreedores, por favor, no duden en contactar con nuestro despacho de abogados concursales. Estaremos encantados de asesorarles.