En este sentido es importante destacar que el porcentaje final que se paga a Hacienda se divide en dos partes: por un lado la parte estatal, que va a parar al Gobierno y es la misma para todos; y por otro lado, la parte autonómica, que reciben las comunidades autónomas y que varía de unas a otras. De ahí que los futbolistas que viven en Cataluña pagan más impuestos que los que viven en Madrid donde este último tramo es menos elevado.
El porcentaje para salarios superiores a 300.000€ de 24,50% es una novedad en la Renta de este año que tendrán que pagar los futbolistas profesionales (y cualquier contribuyente cuyo salario sea superior a esta cifra) y que no existía hasta ahora.
Por tanto, “un futbolista que viva en Barcelona tendrá que pagar este año el 24,50% de su salario de la cuota estatal y un 25,50% de la cuota autonómica de Cataluña. O lo que es lo mismo, tendrá que tributar obligatoriamente, el 50% de su salario”, afirma Álvaro Falcones, cofundador de TaxDown.
En el caso de la Comunidad de Madrid, el último tramo de IRPF aplica a aquellos salarios cuya base liquidable sea superior a los 53.407,20. Todos los contribuyentes que superen esta cifra (sea esta tan alta como sea) pagarán un porcentaje del 21% a Hacienda. A diferencia del 25,50% de Cataluña.
Por poner un ejemplo claro, un futbolista profesional del Real Madrid pagará el 45,50% de su salario a Hacienda mientras que uno del FC Barcelona tendrá que abonar el 50%, algo que en salarios como los de Toni Kroos o Gerard Piqué se traduce en cientos de miles de euros de diferencia.
Alternativas fiscales para pagar menos: los derechos de imagen
Una de las grandes desventajas de España frente a otros países cercanos (como Italia o Reino Unido), es que, la conocida como ‘Ley Beckham’, que ofrece que aquellas personas que no hayan residido en España durante los últimos 10 años puedan tributar a un tipo del 24% frente al máximo general del 47%, no aplica a los deportistas profesionales.
Por este motivo algunos futbolistas deciden optar por alternativas fiscales para tratar de pagar menos impuestos. La forma más común de llevarlo a cabo es a través de derechos de imagen ya que pueden cobrar hasta el 15% de su nómina a través de una sociedad en concepto a derechos de imagen. La opción más común es ceder los derechos de explotación a una compañía, que suele ser propiedad del deportista. Así, dicha empresa tramitará los derechos, tributando por el Impuesto de Sociedades si su domicilio fiscal está en España.