www.elmundofinanciero.com

ANÁLISIS HEY TRADE

Cómo declarar nuestros activos extranjeros y criptomonedas correctamente

Cómo declarar nuestros activos extranjeros y criptomonedas correctamente

  • Por Sandra Garay, Brokerage Operations Head en HeyTrade

viernes 14 de abril de 2023, 10:59h

Todos los años por estas fechas nos surgen los mismos quebraderos de cabeza: cómo nos afectará la alergia al polen y la declaración de la renta. Sin duda, rendirle cuentas a Hacienda es uno de los procesos burocráticos más tediosos y complicados, sobre todo cuando hay que declarar operaciones de inversión. El vértigo ante la cantidad de papeleo a rellenar es bastante común, y no siempre se cuenta con una explicación sencilla y detallada para ello. En España, solo han de declararse las ganancias obtenidas por la venta de acciones, y no la tenencia o compra de estas. Pero cuando los valores en los que hemos invertido los extranjeros, la cosa se complica.

En caso de haber realizado transacciones con activos internacionales, no bastará con comunicarlo a Hacienda, sino que además tendremos que rellenar el formulario 720. Este papel es de entrega obligatoria para cualquier inversor de un bróker internacional. Sin embargo, si tu plataforma de inversión cuenta con una entidad de custodia nacional -como es el caso de HeyTrade-, no es necesario cumplimentarlo, ya que toda la información relacionada con tus inversiones aparecerá de forma automática en tu borrador de la renta y solo tendrás que validarlo.

Otro dato que muchos inversores noveles desconocen es que cuando adquirimos activos del extranjero que reparten dividendos, estos tributan tanto en España como en el país de origen de dichos valores: lo que se conoce como doble imposición.

Por suerte, España cuenta con convenios de doble imposición con otros países que alivian la carga fiscal sobre las rentas generadas por inversiones en el extranjero.

Cuando cobramos dividendos de acciones estadounidenses, la retención impositiva es del 30%. Este porcentaje puede reducirse a la mitad simplemente rellenando el formulario W-8BEN, mediante el cual acreditas que tu lugar de residencia o país de origen no es Estados Unidos. Existen brókeres que, para facilitar esta reducción de las retenciones en Estados Unidos de sus clientes, automatizan este proceso de la cumplimentación del formulario W-8BEN en el momento de registro de sus usuarios. De esta forma, no tienes que preocuparte del papeleo, ya que tu plataforma se encargará de custodiar el formulario y enviárselo a la agencia tributaria estadounidense (IRS) si lo solicitan.

Algo parecido ocurre con las acciones canadienses. Si tenemos en nuestra cartera valores de Canadá, la retención que se puede aplicar sobre nuestros dividendos es del 25%. Para evitarlo, deberemos presentar el formulario NR-301, gracias al cual pagaremos solo un 15%.

Los usuarios de HeyTrade, en este caso, solo tienen que solicitar el documento cuando hayan adquirido valores canadienses, y una vez nos lo devuelvan cumplimentado, nosotros lo tramitamos y almacenamos de forma segura para hacérselo llegar a la agencia tributaria canadiense (CRA) en caso de que nos lo pidan. Al igual que el W-8BEN, el NR-301 tiene una vigencia de 3 años.

Declarando criptomonedas

Para la declaración de las ganancias o pérdidas por monedas virtuales, Hacienda ha incluido la casilla 1626, en la cual habrá que indicar la cuantía ganada o perdida con la inversión en cripto. Además, es aconsejable adjuntar los movimientos realizados durante el ejercicio.

En caso de haber obtenido ganancias menores a los 6.000 euros, estas tendrán un impuesto sobre la renta del 19%. Aunque las criptomonedas no pasen por su mejor momento dada la gran volatilidad que aún presentan, no podemos descartar grandes subidas de forma inesperada a medio plazo, y eso

Los REITs, un funcionamiento algo distinto

Los Real Estate Investment Trust (REITs) se podrían definir como fondos de inversión en bienes raíces. En Estados Unidos, tributan de forma distinta a otros activos. Por defecto, se nos aplicará una retención máxima del 30% sobre todos los pagos que realicen, pero esta cifra es solo provisional. Una vez finalizado el año fiscal del REIT, ocurre lo que se denomina reclasificación de los pagos que ha realizado el REIT para establecer si son dividendos o una ganancia patrimonial. En caso de que los pagos sean clasificados como dividendos, el usuario recibirá la diferencia entre la retención máxima (30%) y la retención correspondiente a un dividendo (15%). En caso de clasificarse como ganancias patrimoniales, el usuario no recibirá ningún tipo de ajuste, ya que se le ha retenido lo que corresponde a una ganancia patrimonial.

¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (1)    No(0)
Compartir en Meneame enviar a reddit compartir en Tuenti

+
0 comentarios