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Las devoluciones que todavía no han sido pagadas pueden estar en un proceso de comprobación por parte de Hacienda, que podría abrir una Inspección

La Agencia Tributaria sigue sin devolver el IRPF a más de 3,3 millones de contribuyentes

La Agencia Tributaria sigue sin devolver el IRPF a más de 3,3 millones de contribuyentes
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· “Si Hacienda se retrasa en el pago al contribuyente, tendrá que pagar los intereses de demora correspondientes”, afirma Aitor Fernández, experto fiscal de TaxDown

miércoles 13 de agosto de 2025, 09:20h

Los últimos años han sido para la Agencia Tributaria los de la persecución implacable no contra las grandes empresas oi grandes capitales, sino contra los pequeños empresarios, los autónomos y las microempresas, que han sido sometidas a inspecciones voraces que han acabado con muchos patrimonios familiares y con las ganas e ilusiones de volver a emprender. La Ley de Segunda Oportunidad no ha tenido cabida al menos para el 660% de los arruinados por el acoso fiscal: no ha habido perdón para ellos ni segunda opirtunidad, solo la confiscación y los embargos. La campaña de la declaración de la Renta finalizó el pasado 30 de junio y este año presentaron su IRPF más de 24 millones de contribuyentes. De ellos, casi 16 millones resultaron con solicitud de devolución, un 1,81% menos que el año pasado. Y un total de 6.934.803 personas tuvieron una declaración a ingresar, es decir, a pagar. TaxDown señala que todavía quedan 3.354.616 contribuyentes que, hasta el mes pasado (según datos de la Agencia Tributaria) aún no habían recibido el ingreso, es decir, uno de cada cinco españoles, un 21%, que han presentado su impuesto sobre la renta y les ha salido a devolver, aún no han recibido su devolución.

En este sentido, desde TaxDown recuerdan que Hacienda tiene hasta seis meses para hacer estas devoluciones sin pagar intereses de demora, por lo que muchas personas puede que no vean este ingreso hasta finales de año.

Los motivos por los que Hacienda aún no ha hecho las devoluciones

El caso más probable es que la devolución aun no haya sido pagada porque esté pasando por una comprobación o una revisión particular, según informan desde TaxDown. Sin embargo, en el caso de las declaraciones de la renta de los trabajadores autónomos, la Agencia Tributaria suele ir un paso más allá y analizar posibles irregularidades en la comunicación de los ingresos o los gastos o realizar comprobaciones cuando estos gastos no se correspondan con la actividad profesional correspondiente.

También puede haber datos incorrectos, ingresos que no se correspondan con los que maneja Hacienda o gastos que no se hayan reflejado. La lista de motivos de esta comprobación puede ser de lo más variada.

Tal y como señalan desde la propia Agencia Tributaria, los plazos y los tiempos varían dependiendo del contribuyente, ya que influyen diferentes variables como la complejidad de la declaración, la carga de trabajo de la administración tributaria en ese momento y posibles verificaciones adicionales que deban llevarse a cabo como la comprobación de las deducciones aplicadas, tanto estatales como autonómicas.

El estado de nuestra solicitud se puede consultar en la web de la Agencia Tributaria

Para comprobar en qué estado se encuentra la devolución de nuestra declaración de la renta, la Agencia Tributaria pone a disposición de los contribuyentes este servicio a través de su web dentro del apartado Renta 2024 al que se puede acceder mediante certificado electrónico, a través de nuestra Clave PIN o con el número de referencia de nuestro borrador.

“Su declaración se está tramitando”, “Su declaración está siendo comprobada” o “Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria” son los mensajes más comunes que puede encontrarse el contribuyente.

Y dependiendo de la tramitación final de la solicitud, pueden darse distintos casos. Por un lado, que el resultado acabe siendo a pagar y no a devolver. En este caso, puede o no haber sanción para el contribuyente dependiendo del tipo de error que generó esta discrepancia en el resultado.

Por otro lado, puede ocurrir que el resultado sea a devolver pero menos de lo que declaró el contribuyente. En este otro caso, la Agencia Tributaría tendría que pagar intereses pero sólo por la parte resultante de la liquidación. Es decir, si se solicitaron 300 euros y finalmente le corresponde al contribuyente una devolución de 50 euros, esos intereses aplicarán únicamente sobre la cantidad final adeudada, informan desde TaxDown.

Por último, puede ocurrir que efectivamente el importe de la devolución sea correcto y la Agencia Tributaria se haya retrasado en el pago. En este caso, Hacienda tendrá que pagar al contribuyente los intereses correspondientes al tiempo que haya tardado en hacer la devolución si esta la realiza a partir del 1 de enero de 2026.

¿Qué intereses de demora aplican si Hacienda se retrasa en el pago de la devolución?

Tal y como explica Aitor Fernández, experto fiscal de TaxDown, “aunque no es habitual que Hacienda se retrase, a veces ocurre. De hecho, la propia ley de IRPF prevé esta demora en su artículo 103 en el que se explica que el ingreso se realizará “dentro de los seis meses siguientes al término del plazo establecido para la presentación de la declaración”. Es decir, el 1 de enero de 2026. Y en el caso de que esta haya sido presentada fuera de plazo, estos seis meses se computarán desde la fecha de su presentación”.

Estos intereses de demora serán del 4,0625% anual desde la fecha en que expire ese plazo de seis meses hasta la fecha en que se ordene el pago. Este porcentaje de interés lo fija el Gobierno en la Ley de Presupuestos Generales del Estado y varió hace unos años pasando del 3,75% a este 4,06%.

En cualquier caso, todos los contribuyentes recibirán una notificación por parte de Hacienda informando de los intereses de demora que correspondan en cada caso.

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