Teniendo en cuenta lo anterior, y ante la necesidad de reforzar la denuncia del sector sobre la injusta amenaza que suponen los expedientes sancionadores y los precintos por superaciones de aforo, que nada tienen que ver con la capacidad real de evacuación de los locales de ocio y hostelería, el sector ha elaborado, a modo de ejemplo, una TABLA COMPARATIVA con las diferencias entre el aforo de licencia asignado por el Ayuntamiento de Madrid y el aforo de seguridad de los establecimientos, calculado por técnicos competentes y cualificados, e incluso por la propia Agencia de Actividades dependiente del Ayto., determinado en función de criterios objetivos de seguridad y capacidad de evacuación.
Esta tabla que evidencia la injusticia y desproporción que supone la crisis de los aforos provocada por la Delegación de Urbanismo y que refleja la gravedad de una situación que debería encontrar su inmediata solución mediante la definición de indicadores objetivos para el cálculo de los aforos, aplicando exclusivamente criterios de seguridad, y mediante la puesta en marcha de la revisión de todos los aforos de los establecimientos ubicados en el Distrito Centro y en las diferentes zonas de protección acústica de la ciudad.
A partir de una muestra representativa de locales de ocio y hostelería de Madrid se ha elaborado una tabla que constata la profunda discrepancia existente entre los aforos de licencia y el aforo de seguridad, entendido como la capacidad real de evacuación de los establecimientos.
En este sentido, el aforo de licencia medio de los locales incluidos en la muestra es de 329,13 personas y, sin embargo, el aforo de seguridad de estos establecimientos asciende a 604,7 personas.
Los aforos de seguridad son un 84% superiores al aforo de licencia, por lo que queda claro que la superación de los aforos de licencia no supone ningún riesgo para las personas, teniendo en cuenta que la capacidad de evacuación de los locales es casi el doble del aforo de licencia.
La tabla muestra que en el 60,8% de los casos el aforo de seguridad es más del doble que el aforo de licencia y que, en ocasiones, la capacidad de evacuación del local es hasta un 213% superior al aforo de licencia.
En el caso de los locales más pequeños, cuyo aforo de licencia es inferior a las 100 personas, la divergencia entre el aforo de seguridad y el aforo de licencia es aún mayor, alcanzando un 250,7%, ya que el valor medio de los aforos de licencia en estos locales es de 63,1 personas frente a las 158,2 personas que permite su capacidad real de evacuación.
Con respecto al caso más frecuente, aquel en el que el Ayuntamiento de Madrid asigna a un local un aforo de licencia de 400 personas, el aforo de seguridad real es de 810 personas, lo que supone un incremento del 202,5%.
Así, una vez más, las asociaciones empresariales del ocio y la hostelería de Madrid reiteran su denuncia sobre la injusticia provocada por la enorme diferencia existente entre el aforo de licencia y el aforo de seguridad de los establecimientos y, lo que resulta aún más grave, sobre la arbitrariedad e irregularidad que supone aplicar con toda su severidad el régimen sancionador a establecimientos que, supuestamente, ponen en peligro la seguridad de las personas cuando los datos demuestran que no es así.
En este contexto, resulta inconcebible que se sigan acumulando expedientes sancionadores que provocan precintos y multas que arruinan a las empresas sin causa justificada, machacando de forma injusta a las pymes del sector del ocio, la gastronomía y los espectáculos y perjudicando gravemente la imagen de marca de la ciudad de Madrid.