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Derribos Begoña SLP (Venimos en Falcon)

Derribos Begoña SLP (Venimos en Falcon)
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· Por Juan Martínez Soler, abogado

sábado 04 de julio de 2026, 09:20h

Como todo el mundo sabe, estos días está de absoluta y rigurosa moda mediática el devenir judicial de Dña. Begoña Gómez dadas las gravísimas acusaciones que pesan sobre ella y sus secuaces; pero muy especialmente se habla de la medida cautelar acordada por el Sr. Juez Peinado consistente en retirarle su pasaporte.

Y es que los detractores -o mejor dicho, agitadores- de la misma dicen a todo aquel que les quiera oír que se ha pasado de rosca por parecerles inverosímil que la mujer del presidente pueda siquiera pensar en una fuga.

Pues bien, como jurista no solo defiendo que la decisión judicial es correcta desde un punto de vista legal; sino que sin caer en proselitismos he de defender la integridad de nuestras fuerzas del orden en lo que a este tema les salpica por cuanto desde el gobierno se está llevando a cabo una insidiosa y desmerecida campaña contra las mismas.

¿Por qué? Porque como bien sabemos la acusada tiene asignado un servicio oficial de escolta que llevan a cabo efectivos policiales y cuando ejercen esta labor reciben órdenes, no explicaciones, por lo que si la acompañan al Falcon no tienen manera de saber si va a un acto oficial, a visitar a su prima de Cuenca o a fugarse; y por ignorar no pueden impedir. He aquí el primer requisito legal que se cumple en lo que a las medidas cautelares respecta: peligro de demora por tener a mano mecanismos de escape.

En la misma línea, recordemos que la medida se ha acordado después de dos años de diligencias previas de investigación y tras emitirse auto de procesamiento, por lo que Su Señoría muy a gala cumple con el requisito de existencia de buen derecho cara a prohibir tras detectarse en forma fundamentada y numerosa la presunta concurrencia de delitos.

Abundando en la materia, la decisión es proporcional en tanto más allá de no poder salir del territorio nacional no se la está privando de hacer una vida normal ni coartando su libertad inconstitucionalmente; puesto que el no ir al extranjero tampoco supone merma irreparable de su actividad cotidiana.

Por último, y para evitar la demagogia populachera de los defensores oficiosos gubernamentales, la retirada tiene carácter temporal en tanto dure el enjuiciamiento y resultaría levantada si en cualquier momento se probase la inocencia de esta persona; ya que se está equiparando la situación con una condena a cadena perpetua.

Dicho esto, y tras las peticiones de la afectada porque se le devuelva bajo los más peregrinos argumentos, con estas líneas le recuerdo a la Sra. Gómez que la justicia es igual para todos; y que el acceder a sus pretensiones la colocaría en la lista Forbes de profesionales del derribo del Estado de Derecho, he aquí la empresa que titula la presente entrada y su configuración jurídica: Sociedad Limitada Profesional S.L.P, donde la limitación de entrada se circunscribe a los profesionales que conforman la actual casta política parasitaria (en homenaje a la inefable pluma del maestro Merlos).

Pero como el objetivo es discriminar positivamente a la cónyuge del mandatario, más bien debiéramos trasvasarla a Sociedad Limitada Unipersonal o S.L.U., ya que desde su parecer la potestad sancionadora del orden penal nos debe afectar a todos menos a ella.

Permítaseme por parte del lectorado la licencia de despedirme por vía poética, resumiendo las líneas precedentes y la penosa realidad que ante los ojos tenemos:

Hoy dejamos las leyes echadas a la suerte
Se legisla a favor de un gran derecho humano
Que solo utiliza el bandido malsano
e imploramos justicia, que en sordera se pierde
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